MONICA CANDIA GOMEZ CONTRA DE RESOLUCION DEL PRIMER JUZGADO CIVIL DE LOS ANGELES
Rol
Fecha
22 de noviembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: 1°. - Que comparece el abogado Roberto Neira Cáceres en representación de doña Mónica Candia Gómez, recurriendo en contra de la resolución de 18 de enero de 2024, la cual declara inadmisible el recurso de apelación por él interpuesto. Señala que ha apelado en contra de la resolución de 15 de enero de 2024, la cual negó su solicitud de certificar la sentencia firme y ejecutoriada. En cuanto a la naturaleza de la resolución recurrida, esta tendría el carácter de sentencia interlocutoria, pues resuelve un trámite que sirve de base para el pronunciamiento de una sentencia interlocutoria, cuál sería la resolución que acceda al cumplimiento con citación. Por tanto, resulta apelable, no siendo aplicable el artículo 187 del Código Procedimiento Civil. 2°. – Informó la Magistrado Bernardita María Palominos Reyes, Secretaria Titular del Primer Juzgado de Letras de Los Ángeles, quien señala se encuentra en tramitación ante el 1er. Juzgado de Letras de Los Ángeles se encuentra en tramitación la causa rol 2207-2019, sobre juicio ordinario de mayor cuantía, caratulada “Candia con Metlife”; en la cual el 19 de diciembre de 2023, se dictó sentencia definitiva que acogió la demanda. En el marco anterior se dictó la resolución de 15 de enero de 2024, a folio 153, la cual respondió una solicitud de certificación de sentencia firme, al siguiente tenor: “Al otrosí: Atendido que no se ha dictado resolución que tenga por notificada la sentencia definitiva a la parte demandada por el estado diario, no ha lugar a la certificación no por no estar en estado”. La resolución anterior fue recurrida de apelación (directa) por la parte demandante y por resolución de 18 de enero de 2024, se declaró inadmisible el recurso por razón de improcedencia conforme lo dispuesto en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil. La declaración de improcedencia, dice relación con la norma citada y el hecho que la resolución que es apelada es un decreto o proveído, y como tal debe ser recurrida
Fallo
Por tanto, resulta apelable, no siendo aplicable el artículo 187 del Código Procedimiento Civil. 2°. – Informó la Magistrado Bernardita María Palominos Reyes, Secretaria Titular del Primer Juzgado de Letras de Los Ángeles, quien señala se encuentra en tramitación ante el 1er. Juzgado de Letras de Los Ángeles se encuentra en tramitación la causa rol 2207-2019, sobre juicio ordinario de mayor cuantía, caratulada “Candia con Metlife”; en la cual el 19 de diciembre de 2023, se dictó sentencia definitiva que acogió la demanda. En el marco anterior se dictó la resolución de 15 de enero de 2024, a folio 153, la cual respondió una solicitud de certificación de sentencia firme, al siguiente tenor: “Al otrosí: Atendido que no se ha dictado resolución que tenga por notificada la sentencia definitiva a la parte demandada por el estado diario, no ha lugar a la certificación no por no estar en estado”. La resolución anterior fue recurrida de apelación (directa) por la parte demandante y por resolución de 18 de enero de 2024, se declaró inadmisible el recurso por razón de improcedencia conforme lo dispuesto en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil. La declaración de improcedencia, dice relación con la norma citada y el hecho que la resolución que es apelada es un decreto o proveído, y como tal debe ser recurrida de apelación en forma subsidiaria a una solicitud de reposición, lo cual no ocurrió. En el caso, el demandante, ahora recurrente, cuestiona la naturaleza jurídica d
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C.A. de Concepción Concepción, veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro. Visto: 1°. - Que comparece el abogado Roberto Neira Cáceres en representación de doña Mónica Candia Gómez, recurriendo en contra de la resolución de 18 de enero de 2024, la cual declara inadmisible el recurso de apelación por él interpuesto. Señala que ha apelado en contra de la resolución de 15 de enero de 2024, la cu
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