1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

ALARCÓN/SUBUS CHILE S.A.

Rol

Fecha

21 de noviembre de 2024

Materia

PRESTACIONES

Resultado

SENTENCIA REEMPLAZO

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Del fallo invalidado, se reproducen su parte expositiva, sus

Fundamentos

fundamentos y citas legales, con exclusión de sus motivos séptimo a décimo primero. Teniendo presente lo expresado en los fundamentos sexto a noveno de la sentencia de invalidación que precede y habiéndose probado que el despido del actor de 14 de octubre de 2022, conforme a lo dispuesto en el artículo 160 número 1 literal f) del Código del Trabajo, resulta ajustado a derecho, por haberse acreditado que éste incurrió en actos de acoso laboral en contra de dos compañeros de trabajo que iniciaron el procedimiento interno que concluyó con el despido del demandante, tal como consta en los considerandos indicados.

Fallo

fallo invalidado, se reproducen su parte expositiva, sus fundamentos y citas legales, con exclusión de sus motivos séptimo a décimo primero. Teniendo presente lo expresado en los fundamentos sexto a noveno de la sentencia de invalidación que precede y habiéndose probado que el despido del actor de 14 de octubre de 2022, conforme a lo dispuesto en el artículo 160 número 1 literal f) del Código del Trabajo, resulta ajustado a derecho, por haberse acreditado que éste incurrió en actos de acoso laboral en contra de dos compañeros de trabajo que iniciaron el procedimiento interno que concluyó con el despido del demandante, tal como consta en los considerandos indicados. Por tanto, no corresponde dar lugar a la demanda de despido injustificado ni al cobro de prestaciones. Por estas razones, se rechaza, sin costas, la demanda en todas sus partes. Regístrese y comuníquese. Redacción de la Ministra (s) doña Erika Villegas Pavlich. No firma la ministra señora Lilian Leyton, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrase con licencia médica. Laboral – Cobranza N°3982-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de noviembre de dos mil veinticuatro. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 477, inciso segundo, del Código del Trabajo se procede a dictar la siguiente sentencia de reemplazo. Vistos: Del fallo invalidado, se reproducen su parte expositiva, sus fundamentos y citas legales, con exclusión de sus motivos séptimo a décimo primero. Teniendo presente lo e

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica