MP C/GABRIEL GENARO DURÁN ADELLAN
Rol
Fecha
21 de noviembre de 2024
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ART. 288 BIS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que de lo expuesto en la audiencia aparece que en este estadio procesal se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito por el que fue formalizada la investigación, estimando esta Corte que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, teniendo en consideración la gravedad de la pena asignada al ilícito, carácter del mismo, bienes jurídicos protegidos y forma de comisión, y la circunstancia de contar con antecedentes pretéritos que registra en el país el imputado extranjero, todo lo cual torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 360 del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de doce de noviembre del año en curso, por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Melipilla, que decretó la medida cautelar de la prisión preventiva de Gabriel Genaro Durán Adellan. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 4079-2024-Penal
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Fecha: veintiuno de noviembre de dos mil veinticuatro. Cuarta Sala Rol Corte: 4079-2024 RUC: 2300026065-7 RIT: 50-2024 Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Melipilla Ministro de fe: Sebastián Platt Imputado: Gabriel Genaro Durán Adellan Tipo de Recurso: Apelación de medida cautelar. Escritos proveídos en audiencia: 2 San Miguel, veintiuno de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos y oídos l
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