TGR/REUQUE Y OTROS
Rol
C-366-2020
Fecha
12 de mayo de 2023
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: En esta causa Rit C3662020, comparece do a PATRICIAñ CAMPOS REYES, por la Abogada del Servicio de Tesorer as, ení representaci n del Fisco de Chile, de acuerdo a lo dispuesto en el Art culo 186ó í del C digo Tributario, concordado con el Art culo 2 del D.F.L. N 1 deló í º Ministerio de Hacienda, de 1994, Estatuto Org nico del Servicio de Tesorer as,á í ambos con domicilio en Luis Claro Solar N° 885, piso 1 de la comuna de Temuco, interponiendo tercer a de prelaci n en contra del ejecutante de autos,í ó MAT AS GABRIEL ROMERO GUTIERREZ, ignora profesi n u oficio,Í ó representado en estos autos por su abogado don Gaspar Antonio Calder n Deló Solar, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida San Mart n 745,í Oficina 801, comuna de Temuco, como as tambi n en contra de los ejecutadoí é don SERGIO MANUEL REUQUE MOLINA, ignoro profesi n u oficio, conó domicilio en calle Avenida Universitaria N° 02271 Casa o sitio N°7, de la comuna y ciudad de Temuco, y en contra TRANSPORTES REUQUE SPA, empresa del giro de su denominaci n, representada por don Ricardo Exequieló Rivas Orellana, ignoro profesi n u oficio, ambos con domicilio en Pasaje R oó í Quino N°1656, comuna de Padre Las Casas, fundado en los siguientes antecedentes de hecho y de derecho: I) TITULO EN QUE SE FUNDA LA TERCER A: Seg n da cuenta N mina deÍ ú ó Deudores Morosas, que constituye t tulo ejecutivo de conformidad a loí dispuesto en el art culo 169 del C digo Tributario, acompa adas a fojas 1 deí ó ñ los expedientes administrativos ROL 100442021 FREIRE, 100692020 FREIRE, 100882021 FREIRE, 100032018 FREIRE, 100272019 FREIRE, 100232018 FREIRE, 100662018 FREIRE, 100412022 FREIRE, el ejecutado SERGIO MANUEL REUQUE MOLINA, Rut 14.222.9366, es deudor del Fisco, al 10 de enero de 2023, por la suma de $259.598.591, monto que corresponden a impuestos de retenci n y recargo, impuestos que gozan deó Código: SKQXXFSHEBF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl preferencia de pago a favor del Fisco de Chile, y los cuales se encuentran demandados en los expedientes administrativos que identifica. II) PREFERENCIA DEL ART CULO 2472 N° 9 DEL C DIGO CIVIL. 1. ElÍ Ó art culo 2472N°9 del C digo Civil dispone: “La primera clase de cr ditosí ó é comprende los que nacen de las causas que en seguida se enumeran: 9) Los cr ditos del fisco por los impuestos de retenci n y de recargo”. En este mismoé ó orden de ideas, debe entenderse por impuestos de retenci n como aquellos enó que se exige a una determinada persona, que ser sujeto pasivo de laá obligaci n tributaria o sujeto pasivo por deuda ajena, retener o descontar e
Fallo
Por estas razones, la tercer a de prelaci n deducida debe rechazarse.í ó DECIMO: En cuanto a la tercer a de pago, que persigue concurrir al pago coní el ejecutante a prorrata de sus cr ditos si no existen otros bienes suficientesé para satisfacer el cr dito de ambos, tampoco se puede acoger.é En primer t rmino, porque los cr ditos de las partes no son de igualé é calidad, al ser preferente el del ejecutante y, en segundo lugar, porque el ejecutado tiene otros bienes, como lo demuestra el informe patrimonial que rola a fojas 4 del expediente administrativo 100412022, en el que figura, adem s del inmueble embargado en esta causa, otro inmueble inscrito a fojasá 2648, n mero 2541 del a o 2016, que ha sido embargado en las causasú ñ administrativas Rol 100442021 y 100692020. Incluso en ese informe patrimonial constan 2 veh culos inscritos nombre del Sr. Reuque, y sobre losí cuales e puede perseguir el cr dito del Fisco.é Y visto adem s lo dispuesto en los art culos 432, 459, 464, 465, 473 delá í C digo del Trabajo; 82, 90, 170, 518, 525, 526 y 527 del C digo deó ó Procedimiento Civil, se resuelve: I. Se RECHAZAN las tercer as de prelaci n y pago deducidas por do aí ó ñ Patricia Campos Reyes, Abogada del Servicio de Tesorer as, en representaci ní ó del FISCO DE CHILE. Código: SKQXXFSHEBF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http
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Temuco, once de mayo de dos mil veintitr s.é VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: En esta causa Rit C3662020, comparece do a PATRICIAñ CAMPOS REYES, por la Abogada del Servicio de Tesorer as, ení representaci n del Fisco de Chile, de acuerdo a lo dispuesto en el Art culo 186ó í del C digo Tributario, concordado con el Art culo 2 del D.F.L.
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