SIN INFORMACION

TAPIA ROJAS, VÍCTOR MANUEL/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL (2DO SEMESTRE 2024)

Rol

Fecha

20 de noviembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Carlos Medina Zamora, abogado defensor penal público, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Víctor Manuel Tapia Rojas, cédula nacional de identidad Nº13.490.369-4 y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto consistente en la dictación de la Resolución N°132-2024, de 11 de octubre de 2024, por la cual se rechaza la postulación del amparado a la libertad condicional. Expone que el amparado cumple actualmente una pena de 05 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo como autor de un delito de tráfico ilícito de estupefacientes; y una pena única de 13 años como autor de delitos reiterados de robo en lugar habitado o destinado a la habitación y dos delitos de receptación de especies. Señala que el actor cumple los requisitos exigidos por el Decreto Ley N°321 en cuanto al tiempo mínimo de cumplimiento de condena y registrar conducta ‘muy buena’ en los últimos cuatro bimestres. Indica que la comisión rechazó su postulación esgrimiendo como fundamento el contenido del informe psicosocial de Gendarmería de Chile el cual da cuenta de presentar el interno un riesgo medio de reincidencia. Afirma que la Comisión incurre en ilegalidad y arbitrariedad al basar su decisión únicamente en los factores negativos descritos en el informe psicosocial de Gendarmería de Chile, y no tomar en consideración los avances que el interno presenta en su proceso de reinserción social. Acusa, adicionalmente, que la Comisión incurre en arbitrariedad al desconocer que el propio informe de Gendarmería de Chile recomienda que el interno siga su proceso de reinserción en el medio libre. Previas citas de derecho solicita acoger la acción intentada y, en definitiva, dejar sin efecto la resolución recurrida, otorgando la libertad condicional al amparado. SEGUNDO: Que evacuó informe Carlos Manque Tapia en representación de la Comisión de Libertad Condicional, indicando que se rechazó la postulación del amparado, toda vez que el informe psicosocial de Gendarmería de Chile da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un riesgo de reincidencia medio. Estima que la resolución dictada se encuentra debidamente fundada y emana de autoridad competente, la que ha actuado en ejercicio de sus funciones, por lo cual solicita el rechazo del recurso interpuesto. TERCERO: Que, la acción de amparo prevista en el artículo 21 de la Constitución Política de la República tiene por objeto proteger a las personas que ilegal o arbitrariamente sufren cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y/o a la seguridad individual motivo por el cual, y considerando que, en definitiva, el acto denunciado concierne a aquel en virtud del cual se negó al amparado el beneficio de libertad condicional, corresponde determinar si en la especie la Comisión de Libertad Condic

Fallo

se declara que se concede dicho beneficio al amparado Víctor Manuel Tapia Rojas, debiendo dictarse por la autoridad competente los actos administrativos necesarios para la concreción de lo resuelto. Póngase lo resuelto en conocimiento de la Comisión de Libertad Condicional y de Gendarmería de Chile para su debido cumplimiento por la vía más expedita. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N°443-2024 (Amparo). -

Texto Completo (Preview)

Tapia Rojas, Víctor Manuel Comisión de Libertad Condicional 2°Semestre Recurso de amparo Rol N°443-2024 La Serena, veinte de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Carlos Medina Zamora, abogado defensor penal público, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Víctor Manuel Tapia Rojas, cédula nacional de identidad Nº13.490.369-4

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