LEIVA/II CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CONTRALORIA REGIONAL DE SANTIAGO
Rol
Fecha
20 de noviembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que con fecha 28 de junio de 2024, comparece Juan Ricardo Leiva López, abogado, en representación de Juan Ricardo Leiva Leiva y deduce acción de protección en contra de Carabineros de Chile, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y la Contraloría General de la República, por el acto ilegal y arbitrario contenido en el Oficio N°E493644/2024, de fecha 29 de mayo de 2024, de la Contraloría General de la República, que rechazó la impugnación deducida en contra del Decreto Exento N°206 de 31 de enero de 2023, que dispuso el cese de funciones del recurrente, sin, a su juicio, la debida fundamentación. Señala que el recurrente, quien es Coronel en Retiro de la institución, fue llamado a servicio activo mediante el Decreto N°167 de 25 de marzo de 2019 y la Resolución Exenta N°91 de 23 de febrero de 2022, ambos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; sin embargo, con fecha 20 de diciembre 2022, sin justificación adecuada y sin un acto administrativo formal del General Director de Carabineros, como lo exige la ley, le fue notificada su liberación de servicios y cese de funciones a partir del 31 de enero de 2023. Esta notificación fue realizada por la Dirección Nacional de Personal de Carabineros, organismo que, a juicio del recurrente, no cuenta con competencia para hacerlo. Reclama que los actos señalados se erigen como ilegales y arbitrarios toda vez que no se siguió el procedimiento administrativo correcto, que requiere de una determinación formal y fundamentada de parte del General Director de Carabineros. Además, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, no ejerció su deber de control sobre el Oficio N°1.778 de 20 de diciembre de 2022, emitido por la Dirección Nacional de Personal de Carabineros y que derivó en la dictación del Decreto Exento N°206 de 31.01.2023, acto que dispuso el cese de funciones del recurrente sin, a juicio del actor, la debida fundamentación. Por otro lado, acusa que la Contraloría General de la República
Fundamentos
motivos plausibles para litigar CUARTO: Que, por último, comparece doña Carolina Requena Duschner, Fiscal de la Contraloría General de la República, en representación de dicha entidad, informando al tenor del recurso de protección interpuesto por Juan Ricardo Leiva Leiva, instando a su rechazo. Explica, tal como lo hicieron las otras recurridas, que la acción presentada se funda en la emisión del oficio N° E493.644, de 29 de mayo de 2024, mediante el cual se rechazó, por extemporáneo, el reclamo del recurrente contra el término de su llamado al servicio activo. Reitera lo ya señalado por los otros recurridos, en tanto explica que el recurrente efectivamente fue llamado al servicio activo a contar del 1 de abril de 2019 y por un periodo de hasta cinco años; y que la Dirección Nacional de Personal de Carabineros solicitó la emisión de un decreto supremo que dispusiera el término del llamado al servicio del recurrente a partir del 31 de enero de 2023, debido a que sus servicios ya no eran necesarios, conforme lo autoriza el ya citado también artículo 32 quinquies, numeral tercero, del Decreto N° 412 de 1991, del Ministerio de Defensa Nacional. Refiere que esta solicitud fue formalizada mediante el oficio N° 1.778, de 20 de diciembre de 2022; que el Ministerio del Interior y Seguridad Pública emitió el Decreto Exento N° 206, de 31 de enero de 2023, que dispuso el cese de funciones del recurrente, notificándole esta decisión por carta certificada el 28 de abril de 2023; que dicho acto fue impugnado mediante reclamo presentado el 18 de agosto de 2023, ante la Contraloría General de la República, el cual fue rechazado por extemporáneo, tras haber trascurrido en exceso el plazo de 10 días hábiles establecido en el artículo 160 de la Ley N°18.834 para dicho efecto. En cuanto a los argumentos del recurrente respecto a que el oficio N° E493.644 vulnera sus derechos fundamentales garantizados en los numerales 2, 4 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, expresa que no hubo ilegalidad ni arbitrariedad en declarar el rechazo del reclamo por extemporáneo, ya que el plazo de diez días hábiles para reclamar estaba claramente vencido. En ese sentido, destaca que el oficio N° E493.644 no afecta los derechos que el recurrente estima vulnerados, ya que este simplemente desestimó su reclamo por extemporáneo, Dicha interpretación ha sido refrendada por la jurisprudencia de los Tribunales Superiores de Justicia, los cuales han expresado reiteradamente que los actos de mero trámite no son impugnables, salvo que determinen la imposibilidad de continuar un procedimiento o produzcan indefensión, cuyo no es el caso. Por otro lado, afirma que la acción cautelar se dirige incorrectamente contra la Contraloría, ya que el acto que se pretende impugnar es el Decreto Exento N° 206, el cual fue dictado por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de modo que carece de la legitimación pasiva necesaria para que prospere la presente acción cautel
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se declara: Que, se RECHAZA, sin costas, la acción de protección interpuesto por don Juan Ricardo Leiva Leiva en contra de Carabineros de Chile, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Redacción del Abogado integrante señor Waldo Parra Pizarro. ING. CORTE PRO-16.422-2024
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Santiago, veinte de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: PRIMERO: Que con fecha 28 de junio de 2024, comparece Juan Ricardo Leiva López, abogado, en representación de Juan Ricardo Leiva Leiva y deduce acción de protección en contra de Carabineros de Chile, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y la Contraloría General de la República, por el acto ilegal y arbitrario contenido en e
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