SIN INFORMACION

ROJAS GARNICA DIEGO SIMÓN/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

20 de noviembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece Génesis Rojas Garnica e interpone, en favor de Diego Rojas Garnica, recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, acción de amparo constitucional en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional pronunciada en el mes de octubre del año en curso, que le negó dicho beneficio. Segundo: Que, por la Comisión de Libertad Condicional, evacuó informe su Presidenta, Ministra señora Sandra Araya Naranjo, indicando que mediante resolución de octubre del año 2024, por unanimidad de sus miembros, se rechazó la concesión del beneficio. Señala que, por resolución de 25 de octubre del presente año, se decidió rechazar -por unanimidad- la concesión del beneficio impetrado respecto del amparado, mediante resolución que adjunta al efecto. Así, asegura que la Comisión rechazó la concesión del beneficio de libertad condicional para el amparado, teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile no permitía hacer uso de la facultad establecida en el artículo 5 del Decreto Ley N°321. Tercero: Que, la Comisión de Libertad Condicional acompañó los antecedentes con los que el amparado fue postulado al beneficio, consistentes en Formulario Consolidado de Postulación al proceso de libertad condicional, del que se extrae que el interno tiene 29 años de edad y fue calificado con alto compromiso delictual; que actualmente se encuentra cumpliendo tres condenas, una de 10 años y 1 día, por un delito de Robo con Violencia; una de 3 años y 1 día, por un delito de Robo con Intimidación; y una condena de 541 días, por un delito de Porte Ilegal de Arma de Fuego, iniciando su cumplimiento el 16 de diciembre de 2016 y su término está proyectado para el 7 de septiembre de 2029; en tanto que, el tiempo mínimo para optar a su libertad condicional, lo alcanzó el 9 de noviembre de 2024. Consta que fue calificado con conducta muy buena en los últimos seis bimestres; y que, a la fecha

Fundamentos

fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional rechazó la libertad condicional del amparado dicen relación con su mediano riesgo de reincidencia y amplias necesidades de intervención. Séptimo: Que, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, se puede concluir que la Comisión recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley 321, modificado por la Ley N° 21.124, denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el amparado, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que en ella se haya incurrido en un acto que pueda estimarse como arbitrario e ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importa formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones. Octavo: Que, de lo razonado se concluye que no puede atribuirse ilegalidad ni arbitrariedad alguna a la resolución aludida ni menos que esta vulnere la garantía de la libertad personal del amparado.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso interpuesto en favor de Diego Rojas Garnica, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-3216-2024. En Santiago, veinte de noviembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinte de noviembre de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece Génesis Rojas Garnica e interpone, en favor de Diego Rojas Garnica, recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, acción de amparo constitucional en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional pronunciada en el mes de octubre del año en cur

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica