FN ESTRUCTURAS METALICAS Y CONSTRUCCIONES SPA/TESORERÍA PROVINCIAL DE CURICO
Rol
Fecha
20 de noviembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA/COMUNICAR.
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Primero: Que comparece FN Estructuras Metálicas Construcciones SPA, representado por Natalia Nilo Muñoz, deudor en autos administrativos sobre cobro de obligaciones tributarias de dinero seguidos ante la Tesorería Provincial de Curicó, autos administrativos Nº 11.565 -2019 Curicó, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución del tesorero provincial, don(a) Pedro Robles Núñez en su calidad de Juez Sustanciador y Tesorero Regional de Curicó, dictada con fecha 19 de agosto del 2024, que no hizo lugar a la tramitación del recurso de apelación interpuesto por esa parte, con fecha 12 de agosto del 2024. Indica que el 29 de julio del 2024 se presentó incidente de abandono del procedimiento en virtud de la inactividad Tesorería por un periodo mayor de 3 años. Dicha solicitud de abandono fue rechazada con fecha 9 de agosto del 2024. Explica que se interpuso recurso de apelación con fecha 12 de agosto del 2024. Sin embargo, el 19 de agosto del 2024, el Tesorero Regional Juez Sustanciador, niega lugar a la tramitación de nuestro recurso de apelación. Señala que, en materia de cobranza tributaria, el Tesorero regional o provincial actúa como Juez en un procedimiento contencioso compulsivo ejerciendo funciones jurisdiccionales, y
Fallo
por tanto debe aplicarse, en lo no reglamentado en el Código Tributario, el Código de Procedimiento Civil, en especial las reglas comunes a todo procedimiento. En ambos procede el ejercicio de derechos y recursos judiciales, en virtud del artículo 2 y 190 del Código Tributario. Refiere que la resolución que resuelve el incidente de abandono de procedimiento es una sentencia interlocutoria que otorga derechos permanentes a las partes, por tanto, hacía procedente la interposición de un recurso de apelación. Cita jurisprudencia en respaldo de sus alegaciones. Concluye solicitando terne por interpuesto recurso de hecho en contra de la resolución dictada por el Tesorero en su calidad de Juez Sustanciador de la Tesorería Provincial de Curicó de 19 de agosto del 2024, le de tramitación conforme a derecho, y resuelva dar lugar a la tramitación del recurso de apelación interpuesto por esa parte con fecha 12 de agosto del 2024. Segundo: Que informa don Pedro Robles Núñez, Tesorero Provincial de Curicó, señalando que en dicha Tesorería Provincial sigue acciones de cobro de impuestos morosos, Expediente Administrativo Rol N° 11.565 -2019. Con fecha 29 de julio de 2024 se presenta Natalia Nilo Muñoz en representación de FN Estructuras Metálicas Construcciones Spa solicitando el abandono de procedimiento y en subsidio el decaimiento del procedimiento, que fue desestimado por resolución de 9 de agosto del presente. Respecto a la resolución 19 de agosto de 2024, que declaró inadmisible el
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C.A. de Talca Talca, veinte de noviembre de dos mil veinticuatro. Visto y considerando: Primero: Que comparece FN Estructuras Metálicas Construcciones SPA, representado por Natalia Nilo Muñoz, deudor en autos administrativos sobre cobro de obligaciones tributarias de dinero seguidos ante la Tesorería Provincial de Curicó, autos administrativos Nº 11.565 -2019 Curicó, quien interpone recurso de he
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