COSTA/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL - VALPARAÍSO
Rol
Fecha
20 de noviembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: A folio 1, Dalet Ramirez Tenorio, Abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, deduce acción de amparo en favor de Dany Elwin Costa Muñoz en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, por el acto que considera ilegal, consistente en la Resolución Ord. N°1426-2024 de 14 de octubre de 2024 que rechaza su postulación al beneficio, lo que estima vulneraría su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Explica que, el amparado, cumple las siguientes penas: (i) 12 años, (ii) 6 años, (iii) 4 años, y, (iv) 200 días, por los delitos de homicidio calificado, homicidio frustrado, lesiones menos graves y tenencia ilegal arma de fuego condena que inició el 18 de enero de 2009 y termina el 27 de diciembre de 2030. Refiere que el tiempo mínimo para acceder a la libertad condicional se verificó el 23 de junio de 2023. Aduce que, el actor cumple con todos los requisitos objetivos y subjetivos de para obtener la libertad condicional, sin embargo, la recurrida rechazó su postulación. Concluye solicitando que se le conceda el referido beneficio al amparado. A folio 4, evacúa informe el Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso, remitiendo los antecedentes de postulación del amparado. A folio 5, informa el Presidente de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, señalando que los
Fundamentos
motivos por los cuales el beneficio fue desestimado constan en la resolución que se impugna por esta vía y cuya copia acompaña. A folio 6, se ordena traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, por esta vía extraordinaria se cuestiona la legalidad de la resolución por medio de la cual la recurrida no concedió el beneficio de la libertad condicional al amparado, por las razones que en ella se indican. Segundo: Que, aun cuando la recurrida tiene la facultad de ponderar la documentación que le sea presentada y, conforme a ella, decidir fundadamente sobre la solicitud, el carácter facultativo de esa determinación no importa que la misma pueda adoptarse desatendiendo los antecedentes aportados por el mencionado informe. Tercero: Que, del informe de postulacióń psicosocial de libertad condicional aparece que el interno presenta avances significativos en su proceso de reinsercióń social. En efecto, el amparado tiene vigentes los siguientes beneficios intrapenitenciarios: salida dominical desde el 30 de abril de 2023, salida de fin de semana desde el 24 de septiembre de 2023 y salida controlada al medio libre desde el 22 de marzo de 2024. Además, el informe psicosocial señala que participa de intervención psicosocial, dando continuidad a su Plan de Intervención Individual en CET Valparaíso, encontrándose en la actualidad con un Plan de Intervención Individual vigente, con la totalidad de las actividades de corte grupal realizadas en el que se abordaron las necesidades criminógenas pares, actitud/orientación pro-criminal y patrón antisocial. Agrega que, en términos de concientización criminógena, logra identificar distorsiones cognitivas generales. A su vez indica que el evaluado durante su estadía en sistema cerrado, aproximadamente por un lapso de 12 años, y en el ámbito educacional, culminó su enseñanza media, junto con obtener título técnico de la carrera de Administración Logística (Instituto Universidad de Playa Ancha), añadiendo que participó en actividades de deporte/recreación/arte/cultura y de la oferta de asistencia espiritual Asimismo y previo al traslado a CET semi-abierto, formó parte del Centro de Educación y Trabajo Cerrado, desplegando rutinas carcelarias puestas al servicio de las convenciones sociales del trabajo y estudios, dando buen aprovechamiento a las mismas. Por otra parte, en cuanto al ámbito de capacitación laboral, el amparado ha desarrollado de forma satisfactoria cursos de trabajo seguro en altura, instalaciones eléctricas, soldadura al arco y acero galvanizado, incorporando competencias laborales a su currículum, legitimando a la actividad laboral hoy, como la única vía formal de obtención de ingresos. Finalmente, se informó que actualmente se encuentra trabajando de manera formal en Minimarket propiedad de su madre, en supervisión se observa cumplimiento de rutina laboral apropiada para potenciar dicho ámbito. Cuarto: Que, en consecuencia, en este caso la Comisión recurrida ha negad
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge la acción de amparo interpuesta en favor de Dany Elwin Costa Muñoz, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Ord. N°1426-2024 de 14 de octubre de 2024, y en su lugar se declara que se le concede el beneficio de la libertad condicional al amparado, ya individualizado. Dese orden de libertad al interno individualizado, si no estuviere privado de ella por otra causa. Comuníquese lo resuelto a la Comisión de Libertad Condicional y al Complejo Penitenciario de Valparaíso, sirviendo la presente sentencia de suficiente y atento oficio remisor. Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-2807-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinte de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, Dalet Ramirez Tenorio, Abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, deduce acción de amparo en favor de Dany Elwin Costa Muñoz en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, por el acto que considera ilegal, consistente en la Resolución Ord. N°1426-2024 de 14 de octubre de 2024 que re
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