2º JUZGADO DE LETRAS DE TALAGANTE

PAMELA INOSTROZA ALVARADO CON PATRICIO IDE SILVA

Rol

Fecha

19 de noviembre de 2024

Materia

SIMULACIÓN, ACCIÓN DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo, además, presente: 1° Que son requisitos para que exista simulación, la existencia de una declaración deliberadamente disconforme con la intención de las partes que concurren a la celebración del acto simulado; que esta declaración haya sido realizada previo concierto de las partes y con el objeto de engañar a terceros. 2° Que en el caso de autos aparece que la demandante tuvo conocimiento de la celebración de la compraventa que cuestiona, desde que celebró un contrato de comodato con el demandado, con vigencia por cuarenta años sobre el inmueble objeto del contrato de compraventa aludido. 3° Que de lo razonado, se colige que en el caso sub lite no se verifica el requisito para la procedencia de la simulación consistente en la intención de perjudicar a la actora, lo que conduce que su demanda debe ser desestimada. Por estas consideraciones, el mérito de los antecedentes y que los cuestionamientos planteados por el recurrente no desmerecen las conclusiones a las que arribó el fallo en alzada, que esta Corte hace suyas y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de veinte de julio de dos mil veintitrés, dictada en los autos rol C-917-2020 del Segundo Juzgado de Letras de Talagante. Regístrese y devuélvase vía interconexión. Rol N° 2085-2023 Civil

Fallo

Por estas consideraciones, el mérito de los antecedentes y que los cuestionamientos planteados por el recurrente no desmerecen las conclusiones a las que arribó el fallo en alzada, que esta Corte hace suyas y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de veinte de julio de dos mil veintitrés, dictada en los autos rol C-917-2020 del Segundo Juzgado de Letras de Talagante. Regístrese y devuélvase vía interconexión. Rol N° 2085-2023 Civil

Texto Completo (Preview)

Dejo constancia que se anunció y alegó confirmando el abogado don Carlos Avalos Martínez, también anunció alegato, contra el recurso, el abogado don Adil Brkovic Almonte, quien, habiéndose comunicado telefónicamente con esta relatora, manifestó que no podría alegar en la presente causa. En San Miguel, a 19 de noviembre de 2024. Andrea Corvalán Sáez, relatora. San Miguel, a diecinueve de noviembre

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