SIN INFORMACION

TORREJÓN/JUZGADO DE GARANTIA DE VIÑA DEL MAR

Rol

Fecha

19 de noviembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGE FALSO RECURSO HECHO

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: 1° Que, el artículo 370 del Código Procesal Penal establece que las resoluciones dictadas por el juez de garantía serán apelables cuando pusieren término al procedimiento, hicieren imposible su prosecución o la suspendieren por más de treinta días; 2° Que, habida cuenta de lo anterior, la resolución impugnada en el caso sub lite, que acoge la solicitud de incompetencia de la defensa y ordena remitir los antecedentes al Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, no es de aquellas que pone término al procedimiento o hicieren imposible su continuación, a lo que cabe agregar que tampoco es de aquellos casos en que la ley ha dispuesto expresamente su procedencia. 3° Que, siendo excepcional el recurso en estudio en este procedimiento, es que se procederá a acoger el falso hecho deducido, como se dirá a continuación. Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículo 369 y 370 del Código Procesal Penal, se acoge el falso recurso de hecho deducido por el abogado defensor Luis Cáceres Bravo, y en consecuencia, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido el trece de noviembre por la parte querellante, representada por el abogado Nikola Ljubetic Vacarezza, en los autos RIT 7400-2024 del Juzgado de Garantía de Viña del Mar, en contra de la resolución dictada el ocho de noviembre por el tribunal a quo, que declaró su incompetencia. Déjese constancia de lo resuelto en Ingreso Corte Rol Penal N° 3251-2024, que corresponde al recurso de apelación antes referido. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Garantía de Viña del Mar. Regístrese, notifíquese y archívese. N°Penal-3264-2024.

Fallo

Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículo 369 y 370 del Código Procesal Penal, se acoge el falso recurso de hecho deducido por el abogado defensor Luis Cáceres Bravo, y en consecuencia, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido el trece de noviembre por la parte querellante, representada por el abogado Nikola Ljubetic Vacarezza, en los autos RIT 7400-2024 del Juzgado de Garantía de Viña del Mar, en contra de la resolución dictada el ocho de noviembre por el tribunal a quo, que declaró su incompetencia. Déjese constancia de lo resuelto en Ingreso Corte Rol Penal N° 3251-2024, que corresponde al recurso de apelación antes referido. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Garantía de Viña del Mar. Regístrese, notifíquese y archívese. N°Penal-3264-2024.

Texto Completo (Preview)

Dgg C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecinueve de noviembre de dos mil veinticuatro. Resolviendo acerca del falso recurso de hecho deducido a folio uno: Vistos: 1° Que, el artículo 370 del Código Procesal Penal establece que las resoluciones dictadas por el juez de garantía serán apelables cuando pusieren término al procedimiento, hicieren imposible su prosecución o la suspendieren por más de trei

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica