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Rol
Fecha
19 de noviembre de 2024
Materia
DESPIDO INJUSTIFICADO
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO
Hechos
Vistos: Del fallo invalidado, se reproducen su parte expositiva, sus
Fundamentos
fundamentos y citas legales, con las siguientes modificaciones: 1. En su motivo séptimo, en el párrafo segundo, se suprime desde la frase que comienza con “Ahora, me quedo en este caso con lo que es la justificación….” y hasta el final del párrafo. 2. En el fundamento séptimo, en el párrafo tercero, se elimina desde la frase que comienza con “Entonces, ahora lo que queda establecer es la gravedad…” hasta el final del considerando. Teniendo presente lo expresado en los fundamentos quinto a séptimo de la sentencia de invalidación que precede y habiéndose probado que el despido de la actora ocurrido el 20 de abril de 2023, conforme a lo dispuesto en el artículo 160 número 7 del Código del Trabajo, resulta ajustado a derecho, por haberse acreditado que ésta incumplió gravemente las obligaciones que le impone el contrato de trabajo, tal como consta en los considerandos indicados.
Fallo
fallo invalidado, se reproducen su parte expositiva, sus fundamentos y citas legales, con las siguientes modificaciones: 1. En su motivo séptimo, en el párrafo segundo, se suprime desde la frase que comienza con “Ahora, me quedo en este caso con lo que es la justificación….” y hasta el final del párrafo. 2. En el fundamento séptimo, en el párrafo tercero, se elimina desde la frase que comienza con “Entonces, ahora lo que queda establecer es la gravedad…” hasta el final del considerando. Teniendo presente lo expresado en los fundamentos quinto a séptimo de la sentencia de invalidación que precede y habiéndose probado que el despido de la actora ocurrido el 20 de abril de 2023, conforme a lo dispuesto en el artículo 160 número 7 del Código del Trabajo, resulta ajustado a derecho, por haberse acreditado que ésta incumplió gravemente las obligaciones que le impone el contrato de trabajo, tal como consta en los considerandos indicados. Por tanto, no corresponde dar lugar a la demanda de despido injustificado ni al cobro de prestaciones derivadas del mismo. Por estas razones, se rechaza, sin costas, la demanda en todas sus partes. Regístrese y comuníquese. Redacción de la Ministra (s) doña Erika Villegas Pavlich. No firma la ministra señora Lilian Leyton, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrase con licencia médica. Laboral – Cobranza N°3730-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de noviembre de dos mil veinticuatro. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 477, inciso segundo, del Código del Trabajo se procede a dictar la siguiente sentencia de reemplazo. Vistos: Del fallo invalidado, se reproducen su parte expositiva, sus fundamentos y citas legales, con las siguientes modificaciones: 1. En su motivo séptimo, en el párrafo seg
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