14º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

C/ DAVID ANTONIO SILVA HERNANDEZ

Rol

Fecha

19 de noviembre de 2024

Materia

ROBO POR SORPRESA. ART. 436 INC. 2°

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que, según consta en los antecedentes, el 23 de marzo de 2015 se dictó sentencia condenatoria en contra de don David Antonio Silva Hernández, por el delito de robo por sorpresa y se le impuso la pena de 41 días de prisión en su grado máximo. 2° Que, de conformidad con el artículo 21 del Código Penal, la pena impuesta en concreto al condenado es una pena de falta, la que en virtud del artículo 97 del mismo cuerpo legal, prescribe en seis meses. 3° Que consta del extracto de filiación que, con posterioridad a dicha condena, Silva Hernández fue condenado como autor de receptación del artículo 456 bis A del Código Penal el 22 de julio de 2015; como autor de la falta del artículo 50 de la Ley nro. 20.000 el 14 de septiembre de 2015; como autor de receptación del artículo 456 bis A del Código Penal el 13 de octubre de 2015; como autor de ese mismo ilícito y otros más el 26 de febrero de 2016; como autor de robo de vehículo motorizado el 1 de septiembre de 2016; como autor de delito contra la salud pública el 27 de octubre de 2020; y como autor de delito frustrado de hurto el 20 de marzo de 2023. 4° Que el Certificado de Viajes de fecha 27 de septiembre de 2024, emitido por la Policía de Investigaciones de Chile, da cuenta de que don David Antonio Silva Hernández, no registra movimientos migratorios por pasos fronterizos habilitados desde el 23 de mayo de 2015 a la fecha. 5° Que, en consecuencia y sin perjuicio de que no se cuenta con la información relativa a las fechas de comisión de los ilícitos que fueron materia de aquellas condenas, lo cierto es que, desde la fecha de la última de ellas -20 de marzo de 2023- hasta el momento actual, han transcurrido con creces los seis meses exigidos por el artículo 97 del Código Penal, lapso que se debe computar pura y simplemente atendido el mérito del certificado de viajes ya referido y lo dispuesto en el artículo 100 del mismo código punitivo. Por lo antes expuesto y de conformidad con los artícu

Fallo

se declara prescrita la pena impuesta a David Antonio Silva Hernández con fecha 23 de marzo de 2015 en causa RIT 7619-2013. Devuélvase. Redacción de la abogada integrante Catalina Infante Correa. Rol Penal-6335-2024.-

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1° Que, según consta en los antecedentes, el 23 de marzo de 2015 se dictó sentencia condenatoria en contra de don David Antonio Silva Hernández, por el delito de robo por sorpresa y se le impuso la pena de 41 días de prisión en su grado máximo. 2° Que, de conformidad con el artículo 21 del Cód

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