ÁVILA/
Rol
Fecha
13 de noviembre de 2024
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de la frase “más las costas de la causa” contenido en su motivo séptimo, que se elimina. Y
Fundamentos
considerando: 1º) Que en nuestro ordenamiento jurídico los reajustes se adeudan desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada, pues sólo a partir de la certeza que genera dicho carácter en torno al quantum de la indemnización, es dable que ésta mantenga su valor adquisitivo. 2º) Que, no habiendo resultado la parte demandada totalmente vencida y apareciendo, además, que tuvo motivos plausibles para litigar, se la eximirá del pago de las costas de la causa. En razón de lo anterior y visto, además, lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley nro. 18.287, se revoca la sentencia de diez de junio de dos mil veintidós, escrita a fojas 112 y siguientes, sólo en cuanto
Fallo
se declara que la suma ordenada pagar a título de indemnización de perjuicios se reajustará conforme a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor entre la fecha en que la sentencia quede ejecutoriada y el pago efectivo; y en cuanto se declara que cada parte pagará las costas que hubiere causado; confirmándose, en lo demás apelado, la referida sentencia. Regístrese y devuélvase. N° Policia Local-1660-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, trece de noviembre de dos mil veinticuatro. Al folio 24: a todo, téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de la frase “más las costas de la causa” contenido en su motivo séptimo, que se elimina. Y considerando: 1º) Que en nuestro ordenamiento jurídico los reajustes se adeudan desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada, pues só
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