GONZALEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
13 de noviembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO Comparece ante esta Corte don Santiago González Grisales, colombiano, deduciendo acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber incurrido en una omisión arbitraria e ilegal, consistente en el excesivo tiempo transcurrido sin pronunciarse respecto de la solicitud de residencia temporal del protegido, presentada el 29 de enero de 2024, lo que a su juicio vulnera la garantía establecida en el numeral 2° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, razón por la que solicita que acogiéndose el presente recurso se ordene al servicio recurrido dar curso al procedimiento administrativo tan rápido como sea posible, dictando, a la brevedad, el acto terminal que lo resuelva. SEGUNDO: Informando al tenor del recurso el Servicio Nacional de Migraciones, refiere que no ha existido acción u omisión ilegal o arbitraria de parte de la autoridad que prive, perturbe o amenace el legítimo ejercicio de alguno de los derechos enumerados por el artículo 20 de la Constitución Política de la República, en atención a que el recurrente, nacional de Colombia, solicitó el permiso de residencia temporal, bajo el N° ID 69304431, requerimiento que se encontraba incompleto, subsanando su solicitud el 8 de abril del presente año, encontrándose desde esa fecha en etapa de resolución. Apunta a que la Ley de Presupuesto para el Sector Público de 2023, asignó una partida presupuestaria al Ministerio del Interior y Seguridad Pública destinada al Servicio Nacional de Migraciones, para abordar el rezago en las solicitudes migratorias. El plan de regularización asociado a estos fondos está detallado en las glosas 4 y 6 del programa, que establecen la obligación de informar al Congreso Nacional sobre el estado de las solicitudes pendientes, así como la contratación de personal y la presentación de informes trimestrales sobre el avance en la resolución de las solicitudes y busca aliviar la carga de solicitudes de residencia p
Fallo
fallo por la Excma. Corte Suprema, pues lo impugnado aquí ha sido la demora en la conclusión del trámite de la solicitud de residencia temporaria, debe necesariamente concluirse que en la presentación efectuada en estos autos, no se vislumbra arbitrariedad, pues la demora es razonable y tampoco ilegalidad, como quiera que los plazos que se confieren a la administración no son fatales, cuestión que aunada a la carga de trabajo que enfrenta el Servicio Nacional de Migraciones, llevan a desechar la presente acción constitucional. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20, ambos de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de protección, se rechaza, el recurso de protección deducido a favor de Santiago González Grisales, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-17.765-2024
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C.A. de Santiago Santiago, trece de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO Comparece ante esta Corte don Santiago González Grisales, colombiano, deduciendo acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber incurrido en una omisión arbitraria e ilegal, consistente en el excesivo tiempo transcurrido sin pronunciarse respecto de la solicitu
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