2º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

FRANCISCO JAVIER RUIZ SAEZ C/ SUJEY SCARLETTE LEIVA RIVEROS

Rol

Fecha

13 de noviembre de 2024

Materia

ROBO CON RETENCION DE VICTIMAS O LESIONES GRAVES ART.433 N:3

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oídas las intervinientes: 1°) Que en la presente audiencia se ha debatido fundamentalmente la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, si existen por ahora antecedentes suficientes que permitan presumir fundadamente la participación del imputado en los hechos que se le atribuyen. Lo cierto es que hay dos elementos de juicio, por ahora, que son relevantes, uno de ellos independiente, es el reconocimiento que hace la víctima del imputado y lo hace en dos oportunidades. Primero, en una plataforma en redes sociales, en la cual identifica a esta persona y, en segundo lugar, en el curso del procedimiento, mediante unas fotografías que le son exhibidas por la policía. 2°) Si esas fotografías son claras o no, eso es un tema de valoración, pero no disminuye el hecho de que es un antecedente de la investigación. El otro antecedente, incluso más grave, es que está comprobado que el imputado, mediante su identificación, y su número de seguridad, efectuó transferencias desde la cuenta de la víctima a otra cuenta bancaria que está asociada a esa persona. Y ese hecho sí es decisivo y es grave, eso es lo que exige el artículo 140, letra b), antecedentes calificados, no es prueba, son antecedentes calificados. Estos antecedentes calificados, por ahora, en concepto de esta Corte, permiten tener satisfecho el supuesto de la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. 3°) En cuanto a la necesidad de cautela, el imputado enfrenta por ahora varios delitos , algunos de seria gravedad, castigados con pena de crimen y con eventual pena efectiva, habiendo actuado en grupo o pandilla unido a que, además, el hecho es grave. Por todas estas razones, su libertad es un peligro para la seguridad de la sociedad. Por lo tanto, y conforme a los artículos 140 y 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha once de noviembre del presente año, dictada por el 2° Juzgado de la Garantía de Santiago, en la causa Rit: O-8298-2024, que rechazó la prisi

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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, trece de noviembre de dos mil veinticuatro. Sala: Octava Rol Corte: Penal-6424-2024 Ruc: 2400315289-4 Rit : O-8298-2024 Juzgado: 2º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señor Tomás Gray Gariazzo, la Ministra (S) señora Paola Cecilia Díaz Urtubia y el Abogado Integrante señor Manuel Domingo Antonio Luna Abarza Relator: Juan Pablo Lobiano

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