SIN INFORMACION

COMERCIAL VALLE DEL LIMARÍ / MACROFERIA DE TALCA

Rol

Fecha

13 de noviembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que a folio 1 comparece don Luis Benjamín Sepúlveda Concha, comerciante, en representación de Comercial Valle del Limarí SpA, con funcionamiento en calle 18 Oriente #2080, de la comuna de Talca, dependencias de la Macroferia Regional de Talca, e interpone Recurso de Protección en favor de Comercial Valle del Limarí SpA, en contra de la Macroferia Regional de Talca S.A., y en contra de la l. Municipalidad de Talca. Explica que es dueño de la empresa Comercial Valle del Limarí SpA, donde desempeña sus funciones como comerciante en la Macroferia Municipal de Talca, donde la administración de dicho recinto asignó a su nombre de persona natural los puestos Nº 15, 16 y 126 para realizar sus labores. Hasta el día de hoy mantiene esas posturas, por las cuales paga $4.000 (cuatro mil pesos) diarios, pagos que se encuentran al día. Aduce dar trabajo a entre 4 a 6 personas diarias, de acuerdo a como se encuentre el mercado de ventas, más un chofer que en forma diaria maneja el camión con el cual traslada frutas desde distintos puntos del país a la Macroferia de Talca. Indica que el 10 de abril de 2024, siendo las 09:00 hrs. aproximadamente, el inspector municipal de apellidos Aldana Vidal, en representación de la Macroferia de Talca, depende de la l. Municipalidad de Talca, se me apersonó a su postura, a su puesto de trabajo, manifestándole que le iba a quitar el puesto N º 126, en atención a que se le va a asignar a otra persona. Que a las 13.00 horas una trabajadora de su empresa le avisa que no la dejaron pagar la postura Nº 126, en atención a que ya había sido asignada por la administración a otra persona de nombre Juan Soto. Entiende, le están cortando la libertad de trabajo y al derecho a su libre elección consagrado en el artículo 19 Nº 16 de la Constitución Política de la República de Chile, toda vez que como pequeño y mediano empresario mantiene carpeta tributaria y el certificado de estatutos actualizado otorgado por el Ministerio de Economía y Fomento del Gobierno de Chile, los cuales se adjuntan en el Segundo Otrosí de esta presentación. Pide declarar que las conductas descritas en esta acción constitucional constituyen una actuación ilegal y/o arbitraria por parte de uno o más de los recurridos, y que se les ordene que le dejen trabajar en las mismas condiciones acordadas, es decir, en los tres puestos asignados anteriormente por la l. Municipalidad, y/o la adopción de todas las medidas que SS. Iltma. estime necesarias para restablecer el imperio del Derecho, con expresa condenación en costas. Segundo: Que a folio 8 informa el abogado Miguel Farías Cortés, en representación de la demandada, Ilustre Municipalidad de Talca y expone que mediante decreto alcaldicio Nº 2095, la Ilustre Municipalidad de Talca, ordena la constitución y desarrollo de la Macroferia municipal a contar del 1 de junio de 2020, en los terrenos municipales del parque industrial de propiedad de la municipalidad terrenos aquellos, que recién fueron de

Fallo

por tanto pagar su derecho de uso diario y después desocupar totalmente la postura haciendo entrega de aquella a la administración municipal, finalmente se encuentra el patio de embarcadores, ubicado en el citado Patio N° 5 el que es destinado para la carga y descarga de productos hortofrutícolas de los embarcadores que llegan al recinto, sin que existan dentro de este posturas para asignar. En cuanto al fondo del recurso interpuesto, indica: A.- Respecto de la supuesta violación a la garantía consagrada en el numeral 16 del articulo 19 de nuestra Constitución Política en relación con la situación de la postura Nº 126. 1.- La Macroferia Municipal de Talca, con excepción de las bodegas establecidas exclusivamente en el patio número 1, NO CUENTA CON POSTURAS PERMANENTES ASIGNADAS A NINGUN COMERCIANTE, solamente existen posturas transitorias, respecto de las cuales, los comerciantes deben pagar un derecho de uso diario por su uso. 2.- La recurrente, conforme consta de nuestros registros, y de lo expuesto en su propio recurso se encuentra en uso de tres posturas transitorias, respecto de la cual, se le aplica lo establecido en los artículos 49 y siguientes del reglamento interno de funcionamiento de la Macroferia municipal de Talca, creado bajo el decreto Alcaldicio número 2410 del 27 de julio de 2020, el cual expone “las posturas transitorias, serán asignadas diariamente, en conformidad a las normas establecidas en el presente reglamento”. 3.- Por su parte, es dable señalar

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Talca, trece de noviembre de dos mil veinticuatro. - VISTO Y CONSIDERANDO: Primero: Que a folio 1 comparece don Luis Benjamín Sepúlveda Concha, comerciante, en representación de Comercial Valle del Limarí SpA, con funcionamiento en calle 18 Oriente #2080, de la comuna de Talca, dependencias de la Macroferia Regional de Talca, e interpone Recurso de Protección en favor de Comercial Valle del Limarí

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