JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA

COLLAO/TANDEM S.A. (VISTA SUCESIVA LABORAL 394 -2024)

Rol

Fecha

11 de noviembre de 2024

Materia

REMUNERACIONES

Resultado

REVOCADA SIN COSTAS

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Hechos

VISTOS: En los presentes autos Rol ingreso Corte 380-2024, que corresponden a la causa RIT T-308-2024, RUC 2440563307-4, seguida ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, con fecha nueve de septiembre de dos mil veinticuatro, en audiencia preparatoria del juicio oral, se resolvió acoger la excepción de prescripción opuesta por la demandada, declarándose parcialmente extinguida la acción para el cobro de toda prestación que se reclame respecto de feriado anterior al 18 de abril de 2022, sin costas. En contra de la referida resolución y en la misma audiencia, la demandante dedujo recurso de apelación solicitando que previa concesión del recurso, se revoque por el tribunal de alzada, la sentencia recurrida, rechazando la excepción de prescripción opuesta por la parte denunciada. El recurso fue conocido en vista sucesiva, con la causa Rol ingreso Corte Laboral 394-2024.

Fundamentos

CONSIDERANDO: Se reproduce la resolución en alzada, con excepción de los considerandos Cuarto a Séptimo, que se eliminan. Y TENIENDO EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que don Carlos Daniel Collao Fernández interpuso en autos demanda en procedimiento de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales en contra TANDEM S.A., representada legalmente por don Luis Farías Quevedo, a fin de que se condene a la demandada al pago de las indemnizaciones y prestaciones que indica en el libelo de demanda. Señaló en la demanda que con fecha 11 de marzo de 2024, mediante despido indirecto puso término a la relación laboral con la demandada, en virtud del incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato. Indicó que el empleador le negó el uso del feriado legal durante casi 4 años completos, omisión que sirve como fundamento parcial de la denuncia y expuso que la empresa demandada le adeuda el pago de esta prestación, equivalente a 61,91 días hábiles, los cuales efectivamente corresponden a 90,91 días corridos, correspondiendo el pago de la suma equivalente a $3.403.946.- (tres millones cuatrocientos tres mil novecientos cuarenta y seis pesos). Notificada de la demanda, la denunciada opuso excepción de prescripción de toda prestación que se reclame con fecha anterior al 18 de abril de 2022, de acuerdo con lo establecido en el artículo 510 del Código del Trabajo, en relación con los artículos 2523 y 2524 del Código Civil. SEGUNDO: Que, previo traslado evacuado por el actor, el tribunal resolvió acoger la excepción de prescripción opuesta, teniendo para ello presente lo siguiente: 1° Que, el actor presentó denuncia por vulneración de derechos fundamentales, nulidad del despido indirecto y cobro de prestaciones, y en subsidio, despido indirecto, nulidad del despido indirecto y cobro de prestaciones, en contra de TANDEM S.A., RUT Nº 99.953.360-0, el 04 de abril de 2024, la que fue notificada el 18 de abril de 2024, en conformidad al artículo 437 del Código del Trabajo, mediante exhorto RIT E2334-2024 del 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. 2° Que, contestando la demanda, la demandada opuso, dentro de otras excepciones y defensas, la prescripción parcial del cobro de feriados demandados en autos que corresponden conforme a la demanda de autos a 73,54 días corridos, respecto de toda prestación que se reclame con fecha anterior al día 18 de abril de 2022, conforme al artículo 510 del Código del Trabajo, y artículos 2523 y 2524 del Código Civil. 3° Que, en lo que concierne a la excepción de prescripción, conforme lo dispone el artículo 510 del Código del Trabajo, los derechos laborales prescriben en el plazo de dos años contados desde que se hicieron exigibles. En el evento de que el contrato hubiese terminado, la acción del trabajador debe ejercerse dentro del plazo de seis meses contados desde la terminación de los servicios. De esta manera hay que distinguir entre las prescripciones de los derechos y acciones mientras est

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 5°, 70, 73, 510 y 432 del Código del Trabajo, SE REVOCA, sin costas del recurso, la resolución de fecha nueve de septiembre de dos mil veinticuatro, pronunciada en causa RIT T-308-2024, RUC 2440563307-4 del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, que hizo lugar a la excepción de prescripción opuesta por la demandada respecto de toda prestación que se reclame por concepto de feriado legal o proporcional, con anterioridad al dieciocho de abril de dos mil veintidós, sin costas y, en su lugar, se declara que se rechaza la excepción de prescripción opuesta por la demandada, sin costas, debiendo disponerse la continuación de la audiencia preparatoria y el juicio en concordancia con lo resuelto. Regístrese y comuníquese. Se deja constancia que se hizo uso de la facultad contenida en el artículo 82 del Código Orgánico de Tribunales. Rol 380-2024 (LAB) Redacción del abogado integrante Sr. Álvaro Tello Núñez.

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a once de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: En los presentes autos Rol ingreso Corte 380-2024, que corresponden a la causa RIT T-308-2024, RUC 2440563307-4, seguida ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, con fecha nueve de septiembre de dos mil veinticuatro, en audiencia preparatoria del juicio oral, se resolvió acoger la excepción de prescripción opuesta por

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