TIAPA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
11 de noviembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Vanesa Jabbaz Rosenbaum, en representación de Pedro José Tiapa Correa, de nacionalidad venezolana, domiciliado en calle Alcalde Pedro Alarcón N°875, comuna de San Miguel, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber incurrido en una omisión ilegal y arbitraria que afectó su derecho fundamental consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, en relación al recurso de reposición efectuado el 29 de diciembre de 2023 en contra de la en contra de la Resolución Exenta N°23503900. Pide que se ordene al servicio pronunciarse sobre la solicitud planteada, dándole curso y que dicte el acto administrativo terminal. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones, señala que el 29 de diciembre de 2023, el recurrente interpone recurso de reposición y jerárquico en contra de la Resolución Exenta N°23503900 de 21 de diciembre de 2023 del Servicio Nacional de Migraciones, establecido en el artículo 59 de la ley 19.880. Refiere que mediante Oficio Ordinario N°21396 de 22 de abril de 2024, del Servicio Nacional de Migraciones, se solicitó al recurrente acompañar: i) Pasaporte o documento de identidad de país de origen; ii) Orden de giro que de ser remitida a esta autoridad pagada o en su defecto remitir el comprobante de pago de dicha orden; y iii) actualizar datos de contacto, indicando correo electrónico y dirección actualizada. Refiere que para lo anterior se le otorgó un plazo de 60 días, so pena de resolver con los antecedentes tenidos a la vista por esta autoridad migratoria. Seguidamente, indica que mediante comunicación de 28 de agosto de 2024, se solicitó nuevamente a la recurrente los mismos documentos, con el objeto de resolver su presentación. Concluye que la autoridad migratoria se encuentra a la espera de la remisión de los antecedentes solicitados, por lo cual el impulso procesal recae exclusivamente en la parte recurrente, a fin de dar continuidad a la tramita
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, el recurso de protección deducido en favor de Pedro José Tiapa Correa, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-4238-2024.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, once de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Vanesa Jabbaz Rosenbaum, en representación de Pedro José Tiapa Correa, de nacionalidad venezolana, domiciliado en calle Alcalde Pedro Alarcón N°875, comuna de San Miguel, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber incurrido en una omisión ilegal y arbitraria que afec
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