MARCELA ANDREA CUBILLOS HEVIA C/ MARCELA CUBILLOS SIGALL
Rol
Fecha
11 de noviembre de 2024
Materia
INJURIA (ACCION PRIVADA). ART. 416 AL 420.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: 1°) Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 letra c) del Código Procesal Penal, la querella no será admitida a tramitación, cuando los hechos expuestos en ella no fueren constitutivos de delito. 2°) Que, en la especie, de la revisión de la querella, se advierte que la querellante hace consistir el delito de injurias del artículo 416 del Código Penal en las expresiones que la querellada habría efectuado en el marco de una campaña electoral. 3°) Que, al respecto, cabe recordar que el delito de injurias se compone tanto de un elemento objetivo como son las acciones o expresiones exteriorizadas por el autor como de un elemento subjetivo, cual es, el denominado ánimo injuriandi, el que de acuerdo con la doctrina y jurisprudencia mayoritaria supone acreditar afirmaciones efectuadas con el objeto de producir la deshonra, descredito o menosprecio de una persona. 4°) Que, conforme a lo anterior, de la sola lectura de la querella, no es posible descartar que las expresiones atribuidas a la querellada carezcan del elemento subjetivo antes señalado, por lo que la querella no puede ser declarada inadmisible. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 365 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada, de fecha veinticuatro de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por el 4° Juzgado de Garantía, en causa RIT 9926-2024 y, en su lugar, se declara admisible la querella, debiendo el juez no inhabilitado dar la tramitación que en derecho corresponda por tratarse de un delito de acción penal privada. Comuníquese y devuélvase. decretadaos 19 y 20: a todo, t dapensiRol Corte: Penal-6221-2024 Ruc: 2410051637-K Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 365 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada, de fecha veinticuatro de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por el 4° Juzgado de Garantía, en causa RIT 9926-2024 y, en su lugar, se declara admisible la querella, debiendo el juez no inhabilitado dar la tramitación que en derecho corresponda por tratarse de un delito de acción penal privada. Comuníquese y devuélvase. decretadaos 19 y 20: a todo, t dapensiRol Corte: Penal-6221-2024 Ruc: 2410051637-K Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, once de noviembre de dos mil veinticuatro. Sala: Quinta Rol Corte: Penal-6221-2024 Ruc: 2410051637-K Rit : O-9926-2024 Juzgado: 4º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: la Ministra señora Elsa Barrientos Guerrero, la Ministra (S) señora Soledad Orellana Pino y la Abogada Integrante señora Catalina Infante Correa Relatora: Karen Acevedo Vicencio Digit
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