GOURDET/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
11 de noviembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparece Lygens Gourdet quien interpone recurso de amparo en nombre y a favor de Sonia Charlemeus Pierre, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto u omisión arbitrario e ilegal consistente en la tardanza en el otorgamiento del estampado electrónico de la amparada. Señala que la amparada presentó solicitud de residencia temporaria a fin de radicarse en Chile y desenvolverse profesionalmente, siendo acogida dicha solicitud mediante Resolución Exenta N°25110 de 9 de julio de 2024, sin embargo, a la fecha no se le ha otorgado el estampado electrónico en la plataforma web del servicio recurrido, sin el cual no puede obtener su cédula de identidad chilena. Refiere que la demora excesiva del órgano recurrido ha provocado que la amparada no pueda continuar con la regularización de su proceso migratorio, manteniéndola en una incertidumbre permanente, amenazando su libertad de desplazamiento, a pesar de cumplir con todos los requisitos que la habilitaron para ser beneficiaria de la residencia temporal. Asimismo, hace presente que esta Corte acogió el recurso protección Rol N°5850-2024, cuya petición era similar a la solicitud de estos autos, ordenándose a la recurrida que pusiera a disposición de la amparada el estampado electrónico dentro del plazo de cinco días. Concluye afirmando que el objetivo de la actora es seguir desarrollándose en Chile de forma profesional, laboral, y personal, aprovechando las oportunidades que este país le proporciona, optando a una mejor calidad de vida. A folio 5, evacúa informe el abogado Daniel Baltra Goity en representación del Servicio Nacional de Migraciones. Indica que el 9 de julio de 2024 mediante Resolución Exenta N° 25110 del Servicio Nacional de Migraciones, se otorgó a la amparada el beneficio de residencia temporal por el plazo de 1 año. Asegura que, según los registros del servicio recurrido, el estampado se encuentra disponible para su materialización, como se
Fundamentos
considerando para ello las brechas idiomáticas que concurren en el presente caso. Acordada con el voto en contra del Ministro Suplente Sr. Rodrigo Cortés Gutiérrez, quien estuvo por acoger el recurso ya que la información proporcionada por el Servicio Nacional de Migraciones no se encuentra en el idioma de la recurrente y el Servicio tiene la obligación legal de hacerlo. N°Amparo-2557-2024.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Sonia Charlemeus Pierre y en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Sin perjuicio de lo anterior, remítase por el Servicio Nacional de Migraciones deberá informar al recurrente sobre la forma de obtener el estampado electrónico y guiarlo en el proceso correspondiente, considerando para ello las brechas idiomáticas que concurren en el presente caso. Acordada con el voto en contra del Ministro Suplente Sr. Rodrigo Cortés Gutiérrez, quien estuvo por acoger el recurso ya que la información proporcionada por el Servicio Nacional de Migraciones no se encuentra en el idioma de la recurrente y el Servicio tiene la obligación legal de hacerlo. N°Amparo-2557-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, once de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, comparece Lygens Gourdet quien interpone recurso de amparo en nombre y a favor de Sonia Charlemeus Pierre, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto u omisión arbitrario e ilegal consistente en la tardanza en el otorgamiento del estampado electrónico de la ampar
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