MP C/RONNY NIBALDO CERDA GONZÁLEZ
Rol
Fecha
8 de noviembre de 2024
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Oídos los intervinientes y teniendo presente que en el actual estadio procesal se observan antecedentes suficientes que permiten dar por acreditados los presupuestos materiales establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación al delito materia de la formalización de la investigación y la participación del imputado en el mismo. En cuanto a la necesidad de cautela, se tiene presente los bienes jurídicos protegidos, especialmente la salud, la naturaleza y gravedad del ilícito, todo lo cual torna al imputado que sea considerado un peligro para la seguridad de la sociedad, de conformidad a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Y visto, además con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código antes aludido, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de seis de noviembre del año en curso, por el 15° Juzgado de Garantía de Santiago y se decreta la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Ronny Nibaldo Cerda González, debiendo el tribunal a quo disponer lo necesario para cumplir lo resuelto. Devuélvase vía interconexión. N° 3931-2024 Penal
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San Miguel, ocho de noviembre de dos mil veinticuatro. Sala: Quinta Rol Corte: 3931-2024-Penal Ruc: 2400915324-8 Rit: 5135-2024 15° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Ministro de fe: Nicole Bustos Maulén Ministerio Público: Fabiola Lizama Díaz Defensor: César Contreras González Imputado: RONNY NIBALDO CERDA GONZÁLEZ Escritos proveídos en audiencia: folios 3 y 4 San Miguel, ocho de noviembre de dos m
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