DÍAZ/CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
Rol
Fecha
7 de noviembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: 1° Que, el artículo 28 de la Ley 20.285 dispone que “En contra de la resolución del Consejo que deniegue el acceso a la información, procederá el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante.” 2° Que, con fecha veintitrés de octubre del año en curso el recurrente dedujo la presente acción en contra de la Contraloría Regional de Biobío, por no tener respuesta de su solicitud de acceso a la información pública SAI N° 004359/2024, situación que no se encuentra en el supuesto legal de la norma citada precedentemente. Por estas consideraciones y disposición legal citada, se declara inadmisible, por improcedente, el reclamo interpuesto por Juan Marcos Díaz Soto, en contra de la Contraloría Regional de Biobío. Regístrese y archívese. N°Contencioso Administrativo-84-2024.
Fallo
Por estas consideraciones y disposición legal citada, se declara inadmisible, por improcedente, el reclamo interpuesto por Juan Marcos Díaz Soto, en contra de la Contraloría Regional de Biobío. Regístrese y archívese. N°Contencioso Administrativo-84-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CVF/ccv Concepción, siete de noviembre de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 3: A lo principal: Téngase presente el patrocinio. En cuanto al poder, previo a resolver, pase a la señora Secretaria para los fines pertinentes. Al primer, segundo, tercer y cuarto otrosíes: Estese al mérito de lo que se resolverá. Resolviendo el recurso de folio 1: A lo principal y otrosí: Visto
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