MARIO ENRIQUE RIVAS MATUS CONTRA GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
7 de noviembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
hechos que se denuncian, no se configura en modo alguno, una afectación directa ni remota que vulnere garantías constitucionales amparadas por la presente acción constitucional, razón suficiente para que la misma no pueda prosperar. Ello, porque cualquiera fuere el resultado de la decisión del Tribunal de Conducta de incorporar o excluir de la nómina de postulantes al proceso de Libertad Condicional, el amparado seguirá privado de libertad, cumpliendo una condena por orden legítima de un Tribunal de la República. En base a lo expuesto, es dable concluir que Gendarmería de Chile, se ha ceñido estrictamente a la normativa vigente, lo que permite descartar la existencia de un actuar ilegal o arbitrario, y que, en ningún caso, se ha visto afectada, perturbada o amenazada alguna de las garantías que son objeto de resguardo por la vía del recurso de amparo, por lo que en consecuencia el recurso debe ser rechazado. Se ordenó traer los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso de amparo es un arbitrio jurisdiccional, a través del cual, quien se encuentra privado de libertad personal o en contra de quien existiere orden de arraigo, detención o prisión emanada de autoridad que no tenga facultad de disponerla, o expedida fuera de los casos previsto por la ley, o sin que haya mérito o antecedentes que lo justifiquen, sea que dicha orden se haya ejecutado o no, podrá, si no hubiere deducido los otros recursos legales, reclamar su inmediata libertad o que se subsanen los respectivos defectos. Asimismo, tiene por objeto proteger la libertad personal y seguridad individual, cuando ella se encuentra amenazada, coartada o vulnerada en cualquier forma, en virtud de una orden ilegítima o de un acto arbitrario. SEGUNDO: Que, el acto que origina el presente recurso de amparo, lo hace consistir el recurrente en el hecho de no incluir al amparado en la nómina de personas postulantes al beneficio de Libertad Condicional durante el segundo semestre del presente año TERCERO: Que es preciso dejar asentado, en primer lugar, que de los antecedentes expuestos en el recurso y el petitorio del mismo, aparece que este resulta ajeno a los supuestos y fines de la acción impetrada, conforme lo ha señalado la Excma. Corte Suprema en causa rol 12.392-2019. En similares términos, se pronunció el máximo Tribunal en la causa rol 2.860-2020, al confirmar la sentencia que rechazó un amparo deducido contra Gendarmería de Chile, también por estimar que los antecedentes del recurso y el petitorio del mismo resultaban ajenos a las hipótesis y finalidades de la acción otorgada por el artículo 21 de la Carta Fundamental, postura refrendada asimismo en la causa rol 36.946-2019. CUARTO: Que, a mayor abundamiento, no se encuentra discutido que el amparado se encuentra en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Punta Arenas, condenado por el delito de Estupro, art. 363, a 4 años y violación de mayor de 14 años, art. 361, a 6 años, en causa, RIT 30-2018, del Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas. Registra fecha de inicio de condena el 30 de abril de 2018 y término de condena 01 de mayo de 2024, con fecha de tiempo mínimo que el amparado debía cumplir para efectos de postular al beneficio de la Libertad Condicional el 01 de enero de 2025. En consecuencia, la controversia se produce a propósito del cálculo del tiempo mínimo para postular al beneficio de libertad condicional, en cuanto a la normativa aplicable, ello en consideración al cambio normativo introducido por la Ley 21.124, en cuanto al delito de violación, el cual anteriormente requería de un tiempo mínimo equivalente a la mitad de la condena impuesta, y con posterioridad a la dictación de la Ley indicada, el tiempo mínimo para el delito indicado, aumentó a dos tercios de la pena impuesta. QUINTO: Que, en relación a la normativa aplicable, se debe tener presente lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 3 del D.L. N°321, el cual señala que las personas
Fallo
por tanto, toda posibilidad de incluirlo en las listas para postular al beneficio de libertad condicional. Que en relación a la existencia de un acto ilegal y arbitrario por parte de Gendarmería, se hace presente que el Tribunal de Conducta, se encuentra facultado, por el artículo 15° del Reglamento del D.L. N°321, para elaborar una lista de los condenados que reúnan los requisitos para obtener su libertad condicional, lista que fue elaborada el día 14 de marzo del presente año, y confeccionada con base al cumplimiento de los requisitos de postulación que establece el artículo 2° del citado Decreto Ley; por lo que en caso alguno puede considerarse ilegal, ni arbitrario, ya que no obedece al mero capricho del mencionado Tribunal, sino que responde precisamente a la obligación de aplicar la ley vigente sobre el requisito de conducta intachable que debe reportar el interno por el período indicado. Por otra parte, en los hechos que se denuncian, no se configura en modo alguno, una afectación directa ni remota que vulnere garantías constitucionales amparadas por la presente acción constitucional, razón suficiente para que la misma no pueda prosperar. Ello, porque cualquiera fuere el resultado de la decisión del Tribunal de Conducta de incorporar o excluir de la nómina de postulantes al proceso de Libertad Condicional, el amparado seguirá privado de libertad, cumpliendo una condena por orden legítima de un Tribunal de la República. En base a lo expuesto, es dable concluir que Ge
Texto Completo (Preview)
Punta Arenas, siete de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS. Comparece Arantza Astorquiza Tabilo, abogada, en favor de Juan Segundo Contreras Contreras, C.I. 12.354.601-6, privado de libertad en el Centro Penitenciario de Punta Arenas, quien interpone acción de amparo en contra Gendarmería de Chile, en razón de no incluir al amparado en la nómina de personas postulantes al beneficio de Liber
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica