CARRERA LEIVA JUAN GABRIEL / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
7 de noviembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, mediante formulario, comparece Juan Gabriel Carrera Leiva, actualmente privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional de fecha 26 de octubre de 2024, mediante la cual decidió rechazar la postulación del amparado. SEGUNDO: Que, evacuando informe, la Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, ministra doña Sandra Araya Naranjo, señala, en síntesis, que por resolución de fecha 26 de abril pasado se resolvió, por unanimidad, rechazar la concesión del beneficio pretendido a favor del condenado Juan Gabriel Carrera Leiva, quien fue postulado por el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I. Allegó a su informe la resolución impugnada, que puntualiza que si bien el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio y que además mantiene conducta intachable durante los seis últimos bimestres de su condena, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley citado, sin embargo, la misma documentación da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado. “Que, en efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante es un interno de mediano compromiso delictual y riesgo de reincidencia, con necesidades de intervención en áreas: pares, actitud/orientación pro criminal y patrón antisocial, unido a problemas de adherencia y resolución de conflictos, quien cuenta con plan de intervención en el que participa activamente. En cuanto a su conciencia del delito y del daño causado es parcial, pues todavía existe minimización y externalización. Por su parte, su disposición al cambio se ubica en etapa de preparación-acción, al realizar actividades concretas para abordar factores de riesgo que infl
Fundamentos
fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado, tienen relación con que, si bien el condenado cumple con los presupuestos formales para postular al beneficio, claramente existen factores de riesgo conductuales que demuestran escasas posibilidades de reinsertarse adecuadamente en la sociedad e impiden tener por acreditados avances significativos en su proceso de reinserción social. SÉPTIMO: Que, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, se puede concluir que la recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones- conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley 321, modificado por la Ley N°21.124, denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que en su decisión se haya incurrido en un acto que pueda estimarse como arbitrario e ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones. OCTAVO: Que de lo razonado se concluye que no puede atribuirse ilegalidad ni arbitrariedad alguna a la resolución recurrida.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, el recurso de amparo deducido por Juan Gabriel Carrera Leiva, en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2995-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, siete de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, mediante formulario, comparece Juan Gabriel Carrera Leiva, actualmente privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional de fecha 26 de octubre de 20
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