29º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

INOSTROZA/CASTRO

Rol

Fecha

7 de noviembre de 2024

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT

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Hechos

Vistos: I.- En cuanto al recurso de casación en la forma: 1° Que la parte demandante ha deducido recurso de casación en la forma contra la sentencia de veinticinco de noviembre de dos mil veintiuno, pronunciada por el 29º Juzgado Civil de Santiago, por la cual se rechazó la demanda de indemnización de perjuicios que dedujo, lo que considera fue a resultas de un procedimiento vicioso. Aduce que el tribunal, sabiendo que se trataba de un juicio de menor cuantía, tramitó el término probatorio según las reglas del juicio ordinario de mayor cuantía, con lo cual permitió a la demandada que incorporase prueba y observaciones a la prueba de forma extemporánea, en tanto no permitió a la recurrente rendir prueba testimonial ofrecida oportunamente. Afirma que presentó demanda en juicio ordinario de menor cuantía por responsabilidad extracontractual, la que se admitió a tramitación de acuerdo a las reglas de los artículos 698 al 702 del Código Procedimiento Civil. En ese contexto, dice que el 15 de octubre de 2021 comenzó a correr el término probatorio, por lo que su parte presentó lista de testigos el día 20 de ese mes, solicitando su citación judicial, a lo que el tribunal accedió. Por otra parte, en la resolución que recibió la causa a prueba, se fijó la audiencia del 8 de noviembre para rendir la testimonial, lo que no pudo hacer, razón por la cual, el día 10 de diciembre(sic) debió alegar entorpecimiento, acompañando los documentos que respaldaban su alegación. Sin embargo, el tribunal rechazó su petición. Arguye, por otra parte, que el mismo día 8 de noviembre, la contraria acompañó una serie de documentos que singulariza y que el tribunal tuvo por acompañados, contraviniendo con ello las reglas del juicio ordinario de menor cuantía, ya que el término probatorio expiró el 2 de noviembre. En razón de lo señalado, presentó reposición, la que fue rechazada, junto con tenerse presente las observaciones a la prueba que formuló la demandada, en circunstancias que aquellas t

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo, además, a lo dispuesto en los artículos 767 y siguientes y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara que: I.- Se rechaza el recurso de casación en la forma, deducido contra la sentencia de veinticinco de noviembre de dos mil veintiuno, pronunciada por el 29º Juzgado Civil de Santiago. II.- Se confirma la referida sentencia. Regístrese y devuélvase. Redactó la ministra Carolina Vásquez Acevedo. N° 2897-2022 Civil. Pronunciada por la Décima Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago integrada con los ministros Carlos Farías Pino, Carolina Vásquez Acevedo y Fiscal Judicial Carla Troncoso Bustamante.

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Santiago, siete de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos: I.- En cuanto al recurso de casación en la forma: 1° Que la parte demandante ha deducido recurso de casación en la forma contra la sentencia de veinticinco de noviembre de dos mil veintiuno, pronunciada por el 29º Juzgado Civil de Santiago, por la cual se rechazó la demanda de indemnización de perjuicios que dedujo, lo que considera fu

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