ARIAS ARAYA, JUAN PABLO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (2DO. SEMESTRE DE 2024)
Rol
Fecha
6 de noviembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que comparece el abogado José Luis Peña Iglesias, por el condenado JUAN PABLO ARIAS ARAYA, cédula de identidad N°18.370.784-1, privado de libertad en Complejo Penitenciario de La Serena, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones de La Serena, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en la dictación de la resolución Nº135-2024 de 07 de octubre de 2024, que negó el beneficio de la libertad condicional a su representado, lo que compromete las garantías de libertad personal y seguridad individual, consagradas en el numeral 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expresa que el amparado se encuentra cumpliendo una pena de 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio, por un delito de homicidio simple; y, una sanción de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, por uno robo en bien nacional de uso público, ambas condenas impuestas por el Tribunal Oral en lo Penal de Iquique. De acuerdo a la información entregada por Gendarmería, el tiempo mínimo para optar al beneficio denegado se cumplió el 27 de marzo de 2023, habiendo observado una muy buena conducta durante los últimos seis bimestres, y proyectándose el término de la condena para el 27 de julio de 2027. Sin embargo, señala que la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar el beneficio, por estimar que el amparado no cumplía los requisitos que permitieran demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, por presentar un riesgo de reincidencia medio. No obstante, cuestiona que la recurrida no consideró en su resolución los avances del sentenciado en su proceso de reinserción social, quien registra participación en diversos talleres de su plan de intervención; como también, registra una conducta intrapenitenciaria calificada como muy buena. Asimismo, destaca que la resolución denegatoria contó con el voto en contra de la magistrada Carolina Baroncini, la cual, teniendo en consideración que el informe de Gendarmería de Chile da cuenta de que el interno presenta conciencia del mal causado, de la gravedad del delito, y rechaza expresamente la comisión de nuevos delitos y sugiere que éste continúe su proceso en el medio libre, dado que han disminuido sus principales factores de riesgo, mostrando adherencia a intervenciones. En cuanto al informe psicosocial elaborado por Gendarmería, destaca que el mismo contiene elementos favorables que permiten considerar que el interno cuenta con las condiciones y habilidades personales que le permitan continuar el cumplimiento de su condena en el medio libre, y que no fueron considerados por la comisión, siendo la conclusión más importante del informe, aquella que sugiere que el interno continúe su proceso de reinserción en el medio libre, dado que han disminuido sus principales factores de riesgo asociado a sus pares. Por último, hace también presente el desarraigo que
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Arias Araya, Juan Pablo Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol Nº410-2024 La Serena, seis de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: PRIMERO: Que comparece el abogado José Luis Peña Iglesias, por el condenado JUAN PABLO ARIAS ARAYA, cédula de identidad N°18.370.784-1, privado de libertad en Complejo Penitenciario de La Serena, e interpone acción constitucional de
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