SIN INFORMACION

BURGOS/4° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

5 de noviembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Nicolás Garrido Grove, abogado, por la defensa de Constanza Burgos y Javiera Llanos imputadas en proceso penal por el delito de homicidio culposo, hoy suspendido condicionalmente, RIT 1857-2020, seguido ante el 4° Juzgado de Garantía de Santiago, e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de 7 de octubre de 2024, dictada por la Juez Carolina Andrea Araya Hernández, mediante la cual declaró inadmisible el recurso de apelación deducido por su parte. Refiere, en síntesis, que con fecha 4 de octubre de 2024 su parte interpuso recurso de apelación en contra de la resolución dictada en audiencia de fecha 2 de octubre de 2024, en la parte de la cual se negó lugar a la solicitud que se hizo de común acuerdo por los intervinientes, esto es, el mutar la actual salida alternativa de suspensión condicional del procedimiento por la de acuerdo reparatorio, y tener ésta por cumplida. Refiere que en la audiencia citada, los intervinientes expusieron que se arribó a una transacción judicial, en virtud de la cual la víctima en conjunto con sus representadas decidieron convenir y transigir el renunciar a todo tipo de acciones judiciales por los hechos que dieron origen a esta investigación, a cambio de una suma de dinero ya pagada por el monto de 17 millones de pesos. Aclara que dicha suma sobrepasa el monto que se había impuesto como condición de la actual y vigente suspensión condicional del procedimiento (12MM), dándose por tanto por acreditada dicha condición, siendo la única adicional, la de fijar domicilio, también cumplida. Por tanto, expone que solo restaría que concluyere el plazo de la suspensión condicional, el cual es de un año contado desde el 13 de marzo de 2024. Menciona que atendida la transacción y que sus representadas ya han cumplido con ambas condiciones, solicitó que se mutara la salida alternativa. Afirma que por economía procesal y justicia restaurativa, debe considerarse también el sol

Fundamentos

considerando que no existe norma expresa que consagre el mencionado recurso como medio de impugnación de la resolución señalada precedentemente, necesariamente el presente arbitrio deberá ser desestimado.

Fallo

por tanto por acreditada dicha condición, siendo la única adicional, la de fijar domicilio, también cumplida. Por tanto, expone que solo restaría que concluyere el plazo de la suspensión condicional, el cual es de un año contado desde el 13 de marzo de 2024. Menciona que atendida la transacción y que sus representadas ya han cumplido con ambas condiciones, solicitó que se mutara la salida alternativa. Afirma que por economía procesal y justicia restaurativa, debe considerarse también el solucionar esta controversia mediante la forma propuesta por ambos intervinientes. Sostiene que presentó el recurso de apelación en la parte que no da lugar a mutar la salida alternativa de suspensión condicional por la de acuerdo reparatorio y ordena mantener suspendida condicionalmente la causa, darle tramitación y elevar los autos pertinentes para ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. Manifiesta que el tribunal recurrido indicó que la resolución apelable es aquella en virtud de la cual el tribunal se pronuncia acerca de la petición del ministerio público de decretar la suspensión condicional y no, como lo pretende la defensa privada, acerca de aquella solicitud de dejar sin efecto una suspensión ya decretada y vigente, para favorecer un acuerdo reparatorio. Manifiesta que el tribunal a quo se ampara en norma especial de apelación, no refiriéndose a la norma general que permite las apelaciones en el proceso penal, en cuanto estos resulten suspendidos por más de 30 días como es

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cinco de noviembre de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Nicolás Garrido Grove, abogado, por la defensa de Constanza Burgos y Javiera Llanos imputadas en proceso penal por el delito de homicidio culposo, hoy suspendido condicionalmente, RIT 1857-2020, seguido ante el 4° Juzgado de Garantía de Santiago, e interpone recurso

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