JUZGADO DE LETRAS DE ARAUCO

JUAN DESIDERIO DEL RÍO ULLOA Y OTROS CON ROSA ESTER MENDOZA BASTIAS

Rol

Fecha

5 de noviembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA SIN COSTAS

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Hechos

VISTO: Se reproduce la resolución de alzada. Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: 1°) Que la sentencia en la causa C-86-2019 que influye en el presente recurso se encuentra firme y ejecutoriada, cuyo cúmplase es de fecha 17 de agosto de 2023 rolante a folio 80 del cuaderno principal. 2°) Que, tal como dice la juez a quo, la presentación del recurrente de fecha 5 de abril de 2024 en que se opone a la ejecución, no reúne los requisitos exigidos en el inciso primero del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil. 3°) Que, sin perjuicio de lo anterior, aparece en la presente causa que las costas fueron pagadas y el cheque girado por el tribunal con fecha 10 de julio de 2024. Por estas consideraciones, normas legales citadas y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: Que SE CONFIRMA, sin costas, la resolución apelada de dieciocho de abril de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Letras de Arauco, rolante en folio 35 del cuaderno “cumplimiento incidental” de la causa rol C-86-2019, que no hizo lugar a la oposición al cumplimiento referido al pago de las costas de la causa. Registrase y devuélvase. Redacción del abogado integrante José Andrés Valenzuela Farías. N°Civil-1414-2024.

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: Que SE CONFIRMA, sin costas, la resolución apelada de dieciocho de abril de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Letras de Arauco, rolante en folio 35 del cuaderno “cumplimiento incidental” de la causa rol C-86-2019, que no hizo lugar a la oposición al cumplimiento referido al pago de las costas de la causa. Registrase y devuélvase. Redacción del abogado integrante José Andrés Valenzuela Farías. N°Civil-1414-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción xsr Concepción, a cinco de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTO: Se reproduce la resolución de alzada. Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: 1°) Que la sentencia en la causa C-86-2019 que influye en el presente recurso se encuentra firme y ejecutoriada, cuyo cúmplase es de fecha 17 de agosto de 2023 rolante a folio 80 del cuaderno principal. 2°) Que, tal como dice la juez a quo, la

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