ANONIMIZADO
Rol
Fecha
4 de noviembre de 2024
Materia
RELACION DIRECTA Y REGULAR CON EL NIÑO
Resultado
CONFIRMA CON DECLARACIÓN
Hechos
VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°.- Que conforme estatuye el artículo 16 de la Ley 19.968, en toda decisión que se adopte por el órgano jurisdiccional debe tenerse como primordial consideración el interés superior del niño, el que ciertamente aconseja que éste pueda vincularse normal y regularmente con sus abuelos, situación que es recogida expresamente por el legislador en el artículo 229-2 del Código Civil, más aun cuando se trata en este caso de una niña cuya madre, de nacionalidad checa, falleció el año 2020 y es su abuela...
Texto Completo (Preview)
Santiago, cuatro de noviembre de dos mil veinticuatro. Proveyendo los escritos folios 46, 47 y 48: téngase presente. Proveyendo el escrito folio 49: a sus antecedentes. VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°.- Que conforme estatuye el artículo 16 de la Ley 19.968, en toda decisión que se adopte por el órgano jurisdiccional debe tenerse como primordial consideración el interés superior del niño, el
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica