2º JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL

PILAR VIÑUELA CONTRERAS Y OTRO CON SECUNDINA VIÑUELA ALLER

Rol

Fecha

4 de noviembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, la época en que tuvo lugar la situación de autos y concurriendo en la especie los presupuestos del artículo 339 del Código de Procedimiento Civil; y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 3 de la Ley N°21.226 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de uno de febrero de dos mil veinticuatro, dictada por el Segundo Juzgado Civil de San Miguel, en los autos Rol C-4488-2020 y se declara que se acoge el entorpecimiento alegado por la parte demandante, disponiéndose que el tribunal a quo deberá fijar un término especial para rendir la prueba testifical de que se trata y dictar todas las diligencias que sean necesarias para cumplir lo resuelto. Devuélvase. N°332-2024 Civil

Fallo

se declara que se acoge el entorpecimiento alegado por la parte demandante, disponiéndose que el tribunal a quo deberá fijar un término especial para rendir la prueba testifical de que se trata y dictar todas las diligencias que sean necesarias para cumplir lo resuelto. Devuélvase. N°332-2024 Civil

Texto Completo (Preview)

Dejo constancia que alegó revocando la abogada Fabiola Espinoza Gaete. San Miguel, 4 de noviembre de 2024. Nicole Bustos Maulén, relatora. San Miguel, cuatro de noviembre de dos mil veinticuatro. Al folio 27: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, la época en que tuvo lugar la situación de autos y concurriendo en la especie los presupuestos del artículo 339 del Código

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