GUERRA/SERREY Y OTROS ASOCIADOS S.A
Rol
Fecha
4 de noviembre de 2024
Materia
RECARGOS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Por sentencia de veintiséis de julio de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago en los autos RIT M-2389-2023, se acogió la demanda por despido improcedente, se declaró la nulidad del despido, se condenó a la demandada a pagar el recargo legal y feriado proporcional y se rechazó la solicitud de indemnización sustitutiva de aviso previo. En contra de este fallo la parte demandada ha deducido recurso de nulidad fundado en la causal de la letra b) del artículo 478 y, en subsidio, la del inciso primero segunda parte del artículo 477, ambos del Código del Trabajo. Por su parte, la demandante hace valer la causal de infracción de ley del citado artículo 477. Declarados admisibles los recursos, se procedió a su conocimiento en la audiencia del 18 de junio último, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.
Fundamentos
Considerando: I.- En cuanto al recurso de la parte demandada. Primero: Que el recurso de la demandada se sustenta, en primer término, en la causal de la letra b) del artículo 478 del Código del Trabajo, esto es, por haberse dictado la sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Argumenta que en el
Fallo
fallo la parte demandada ha deducido recurso de nulidad fundado en la causal de la letra b) del artículo 478 y, en subsidio, la del inciso primero segunda parte del artículo 477, ambos del Código del Trabajo. Por su parte, la demandante hace valer la causal de infracción de ley del citado artículo 477. Declarados admisibles los recursos, se procedió a su conocimiento en la audiencia del 18 de junio último, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Considerando: I.- En cuanto al recurso de la parte demandada. Primero: Que el recurso de la demandada se sustenta, en primer término, en la causal de la letra b) del artículo 478 del Código del Trabajo, esto es, por haberse dictado la sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Argumenta que en el fallo se vulneró el principio de razón suficiente al establecerse que la prueba rendida por la demandada da cuenta de ganancias por más de $1.300.000.000, en circunstancia que el balance incorporado da cuenta de pérdidas por más de $448.000.000 al 31 de diciembre de 2022. En subsidio, reclama concurrente el motivo de nulidad del artículo 477 del Código del Trabajo, en su vertiente de infracción de ley, por vulneración del artículo 67 del mismo Código. Afirma que se incurre en el vicio cuando se concluye que por los cuatro meses trabajados por el actor en 2023 le corresponden siete días de feriado proporcional, en circunstancias que por ap
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Santiago, cuatro de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Por sentencia de veintiséis de julio de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago en los autos RIT M-2389-2023, se acogió la demanda por despido improcedente, se declaró la nulidad del despido, se condenó a la demandada a pagar el recargo legal y feriado proporcional y se rechazó la solicitud
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