28º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

AVLA SEGUROS DE CRÉDITO Y GARANTÍA S.A./SANTAFE INMOBILIARIA S.A.

Rol

Fecha

27 de noviembre de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte tercerista el catorce de octubre de dos mil veinticuatro (folio N°5), en contra de la resolución de once de octubre del mismo año (folio N°4 –cuaderno de tercería). Comuníquese. N°Civil-17631-2024.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte tercerista el catorce de octubre de dos mil veinticuatro (folio N°5), en contra de la resolución de once de octubre del mismo año (folio N°4 –cuaderno de tercería). Comuníquese. N°Civil-17631-2024.

Texto Completo (Preview)

kom C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro. Al folio N°3: a todo, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por s

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