JUZGADO DE FAMILIA MELIPILLA

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

4 de noviembre de 2024

Materia

CUIDADO DEL NIÑO, OTROS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, no constituyendo causal suficiente para negarse a tramitar la causa aquella esgrimida en la resolución en alzada y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se revoca la resolución apelada de nueve de septiembre del año en curso, dictada en causa RIT C-548-2024, por el Juzgado de Familia de Melipilla y se declara que el señor juez a quo deberá proveer la demanda como en derecho corresponde y continuar con su debida tramitación. Devuélvase. Nº 1365-2024 Fam.

Fallo

se declara que el señor juez a quo deberá proveer la demanda como en derecho corresponde y continuar con su debida tramitación. Devuélvase. Nº 1365-2024 Fam.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, cuatro de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, no constituyendo causal suficiente para negarse a tramitar la causa aquella esgrimida en la resolución en alzada y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se revoca la resolución apelada de nueve de septiembre del año en curso, dictada en causa RIT C-548-202

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