SIN INFORMACION

GATICA GONZALEZ HENRY SEBASTIAN / GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

4 de noviembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente que: Primero. Vanessa Cisterna Muñoz, por el condenado Henry Sebastián Gatica González, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario de Valdivia, recurre de amparo en contra de Gendarmería de Chile, solicitando que se disponga su traslado a un establecimiento penitenciario de la Región Metropolitana. Funda su petición en que el condenado fue trasladado desde Rancagua a Valdivia, desarraigándolo de su familia, su pareja y sus dos hijos, una de ellos una niña con discapacidad global, quienes tienen su residencia en Santiago. Segundo. Informó Cristián Albornoz Larenas, teniente coronel, Alcaide(S) del Complejo Penitenciario de Valdivia, señalando que el traslado fue dispuesto por Resolución Exenta Nº6275, de 1 de octubre de 2024, “en virtud de la sobrepoblación que mantiene actualmente el establecimiento de Rancagua, lo cual se ha visto reflejado en hechos que han vulnerado la seguridad” del referido centro penitenciario, viéndose en la necesidad de tratar de descongestionarlo, tomando en consideración, entre otros factores, las características criminógenas del condenado y las condiciones de los recintos de origen y de destino. Tercero. En la ficha única del interno, acompañada por Gendarmería, se lee que está cumpliendo condenas de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio más tres años y un día de presidio menor en su grado medio, como autor de delitos de robo con intimidación. Cuarto. El recurso de amparo, previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es una acción constitucional cuyo propósito consiste en obtener de los Tribunales Superiores de Justicia, una tutela eficaz y eficiente para salvaguardar la integridad del derecho a la libertad personal y a la seguridad individual de cualquier persona, siendo precisamente la antijuridicidad de la conducta el comportamiento que la acción constitucional referida intenta solucionar o revertir. Quinto. La facultad de disponer el traslado de i

Fundamentos

considerando las peligrosas condiciones de hacinamiento del penal de Rancagua y los factores criminógenos del condenado, manifestando este encontrarse seguro en el penal en el que actualmente se encuentra recluido, por lo que el amparo no podrá prosperar.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, SE RECHAZA, el recurso de amparo deducido en favor de Henry Sebastián Gatica González. Acordada contra el voto de la ministra señora María Soledad Espinoza Fuenzalida, quien estuvo por acoger el recurso y decretar su regreso al penal de Rancagua o algún otro en la Región Metropolitana, atendido que: 1º) Sin perjuicio de las facultades de Gendarmería, la resolución que dispone el traslado del amparado incumple el deber de fundamentación exigido en el artículo 11, inciso segundo, de la Ley N°19.880 de bases de procedimientos administrativos, en cuanto a precisar cuáles fueron los criterios utilizados para trasladarlo justamente a él y no a otros de otros internos, lo que la vuelve arbitraria. 2º) Dicha resolución, además, es ilegal, en tanto vulnera las reglas 106 y 107 de las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Nelson Mandela), el interés superior de los hijos del interno, establecido en el artículo 16 de la Ley N°19.968, y en particular los derechos de su hija de 6 años, instituidos en la Ley Nº20.422, que dicta normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad. 3º) Por último, el traslado dispuesto constituye una perturbación de su derecho a la libertad personal, pues la medida cuestionada implica, al alejarlo de su familia, un agravamiento injustificado de las condiciones d

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Foja: 0 Cero C.A. de Valdivia Valdivia, cuatro de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente que: Primero. Vanessa Cisterna Muñoz, por el condenado Henry Sebastián Gatica González, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario de Valdivia, recurre de amparo en contra de Gendarmería de Chile, solicitando que se disponga su traslado a un establecimiento penitenciar

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