SIN INFORMACION

GOURDET/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

4 de noviembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: A folio 1 comparece don Lygens Gourdet, en favor de don Junior Erma, de nacionalidad haitiana, interponiendo recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N°24432842, de 12 de septiembre de 2024, mediante la que se rechazó la solicitud de residencia definitiva y se dispuso el abandono, por no haber efectuado el pago por residencia irregular, conforme al artículo 107 de la Ley N°21.325, lo que infringe su libertad personal. Expone que contaba con visa temporaria al momento de realizar su solicitud y que el rechazo de su petición lo deja en un estado de incertidumbre e indefensión, toda vez que cumpliendo con los requisitos necesarios para su regularización, esta no le será otorgada. Solicita que sea dejado sin efecto el acto reclamado y ordenar al recurrido que continúe con el procedimiento a fin de regularizar su situación. A folio 4 informa el Servicio Nacional de Migraciones y solicita el rechazo del recurso. Manifiesta que el 22 de mayo de 2022, el amparado solicitó residencia definitiva, habiendo postulado mientras se encontraba irregular en el territorio nacional. Posteriormente, por comunicación electrónica de 7 de mayo de 2024, se le informó que su solicitud se encontraba comprendida en la causal de rechazo comprendida en el artículo 107 de la Ley N°21.325 y disponía de un plazo de 10 días para realizar sus descargos, acompañando los antecedentes que sirvan de sustento. Sostiene que habiéndose cumplido el plazo de 10 días hábiles otorgados, y analizados los antecedentes acompañados por la persona extranjera en su solicitud de residencia, no fue posible desvirtuar los

Fundamentos

motivos que sustentan las razones invocadas, por lo que se dictó la resolución que por este acto se impugna. Afirma que la resolución fue dictada por la autoridad competente, la imposición de la medida de abandono es obligatoria para el recurrido y de cumplimiento voluntario para el administrado, sin que exista una infracción a la Constitución Política de la República o las leyes, debiendo ser rechazado el presente arbitrio. A folio 5 se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, por esta vía cautelar se cuestiona la legalidad de la Resolución Exenta N°24432842, de 12 de septiembre de 2024, que rechazó la solicitud de residencia definitiva del amparado y dispuso el abandono del país, dentro del plazo 10 días, la que se funda en no haber dado cumplimiento con el pago de la multa por haber residido irregularmente en el país, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 21.235. Segundo: Que, el recurrido informa que se rechazó la solicitud de residencia definitiva del solicitante, por cuanto, pese a haberle notificado que se encontraba en causal de rechazo y conferido un plazo para complementar su petición, no se dio cumplimiento a lo requerido. Tercero: Que, del mérito de los antecedentes, se advierte que el amparado no acreditó el pago de la multa por haber residido irregularmente, prevista en el artículo 107 de la Ley N°21.325, en la oportunidad legal que correspondía. En consecuencia, el rechazo de la solicitud no resulta ilegal, desde que se fundó en una hipótesis contemplada en la ley y previa notificación de rechazo al amparado, sin que se hubiese subsanado su solicitud en tiempo y forma, ni tampoco se acreditó dicho cumplimiento en esta sede, motivos que conducen a estos sentenciadores a desestimar el presente arbitrio constitucional.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción de amparo deducida en favor de don Junior Erma, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese y, ejecutoriada, archívese. N°Amparo-2360-2024. En Valparaíso, cuatro de noviembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Jfah.- C.A. de Valparaíso Valparaíso, cuatro de noviembre de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1 comparece don Lygens Gourdet, en favor de don Junior Erma, de nacionalidad haitiana, interponiendo recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N°24432842, de 12 de septiembre de 2024, mediante la que se rechazó la solicitud de residencia

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