JUZGADO DE GARANTIA DE CONCEPCION

M.P. C/ N.N.

Rol

Fecha

1 de noviembre de 2024

Materia

LOTERIA, CASAS DE JUEGO Y PRESTAMOS SOBRE PRENDA. ARTS. 275 AL 283.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

hechos y forma de comisión de los mismos, en la que se le atribuye el rol de jefatura o líder en alguno de ellos, la cuantía de la pena asignada a los ilícitos, debiendo considerarse, en este aspecto, que el encausado carece de irreprochable conducta anterior y mantiene una causa vigente por rotura de sellos; de manera que, todos estos elementos determinan que la necesidad de cautela se satisface sólo con su prisión preventiva. Dése orden de libertad del referido imputado si no estuviere privado de ella por otro motivo o causa. Comuníquese por la vía más expedita y devuélvanse los autos al tribunal de origen. N°Penal-1934-2024.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 139, 140, 149 y 155 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de treinta de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción, que sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva decretada en contra de Cristian Antonio Montoya Muñoz, por las contempladas en las letras a), d) y f) del artículo 155 del Código Procesal Penal. Acordada con el voto en contra del ministro señor Camilo Álvarez Órdenes, quien estuvo por revocar la resolución en alzada, y mantener la prisión preventiva del encausado, atendido el número de hechos y forma de comisión de los mismos, en la que se le atribuye el rol de jefatura o líder en alguno de ellos, la cuantía de la pena asignada a los ilícitos, debiendo considerarse, en este aspecto, que el encausado carece de irreprochable conducta anterior y mantiene una causa vigente por rotura de sellos; de manera que, todos estos elementos determinan que la necesidad de cautela se satisface sólo con su prisión preventiva. Dése orden de libertad del referido imputado si no estuviere privado de ella por otro motivo o causa. Comuníquese por la vía más expedita y devuélvanse los autos al tribunal de origen. N°Penal-1934-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, uno de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1° Que el Ministerio Público apeló de la resolución de 30 de octubre pasado, que sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Cristian Antonio Montoya Muñoz, por las medidas cautelares contempladas en las letras a), d) y f) del artículo 155 del Código

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