FREITEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
30 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparecen Amy Álvarez Pizarro y María Gabriela Gómez, abogadas, quienes interponen recurso de protección en favor de Alba Rosa Freitez Giménez, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber incurrido en la acción arbitraria e ilegal consistente en archivar su solicitud de residencia definitiva, lo que a su juicio vulnera la garantía establecida en el N°1, 2 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Fundando su recurso exponen que la recurrente emigra a Chile a reunirse con su hija, quien tiene residencia definitiva, y nieto que llevaban residiendo en el país hace unos años, ingresando al país el 2 de junio de 2022 con Visa de Responsabilidad Democrática. Refieren que el 15 de mayo del 2023, la recurrente envía solicitud de residencia definitiva, generándose la solicitud Nº 64734569, oportunidad en que se cumplió con todos los requisitos para su otorgamiento y prestando especial atención de adjuntar los adecuados y vigentes. Agregan que el 12 de junio de 2023, se comunica a la recurrente que su solicitud de Residencia Definitiva ha sido acogida a tramitación, entregándole el certificado de residencia definitiva en trámite, ya que a través del mismo acredita la residencia legal en el país de la recurrente y la autoriza a desarrollar actividades lícitas remuneradas, se le permite salir y entrar al territorio nacional y le da vigencia a su cédula de identidad. Indican que, por razones de fuerza mayor, el 16 de octubre de 2023 la recurrente sale del país rumbo a Venezuela a cuidar a su hermana quien se encuentra grave de salud. Refieren que el 3 de mayo de 2024, el Servicio Nacional de Migraciones comunica a la recurrente el archivo de su solicitud de residencia definitiva, a través de la Resolución Exenta N°24214473, utilizando como argumento el hecho que se encontraba fuera del país desde el 16 de octubre de 2023. Argumentan que esta resolución adolece
Fundamentos
considerando que está en este Servicio el pronunciarse sobre los beneficios migratorios como el solicitado y,
Fallo
por tanto perturbación alguna a los derechos del recurrente, toda vez que su actuar se encuentra debidamente fundamentado en las normas que regulan la materia. Tercero: Que como se sabe, el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes, que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto arbitrario o ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio. Consecuentemente, es requisito indispensable de admisibilidad de la acción cautelar de protección la constatación de la existencia de un acto ilegal, esto es, contrario a la ley, o arbitrario, producto del mero capricho de quien incurre en él, que provoque alguna de las situaciones que se han indicado y que afecte, además, una o más de las garantías constitucionales protegidas por el citado artículo 20 de la Carta Fundamental. Cuarto: Que, el hecho que motiva la presente acción constitucional es el archivo de el archivo de la solicitud de residencia definitiva de la recurrente por el Servicio Nacional de Migraciones, fundado en el hecho de que la solicitante se encontraba fuera del país desde octubre del año 2023. Quinto: Que, en cuanto al fondo, cabe considerar que: a) el recurrente es de nacionalidad venezolana y en el mes de mayo de 202
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C.A. de Santiago Santiago, treinta de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparecen Amy Álvarez Pizarro y María Gabriela Gómez, abogadas, quienes interponen recurso de protección en favor de Alba Rosa Freitez Giménez, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber incurrido en la acción arbitraria e ilegal consistente e
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