1º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

BANCO DEL ESTADO DE CHILE/MONSALVE

Rol

Fecha

30 de octubre de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO: Primero: Que con fecha 7 de agosto pasado el Primer Juzgado de Letras en lo Civil de esta ciudad, en causa de su ingreso rol C-5633-2024, denegó la ejecución iniciada por el Banco Estado de Chile en contra de Jasna Sarella Monsalve Fritz, fundado en que la firma de la deudora en el “Contrato de Prestación de Servicios 24 horas Persona Natural”, es electrónica, la que no puede ser verificada y, por ende, la obligación no es exigible. Segundo: Que, en contra de dicha resolución se alzó el ejecutante sosteniendo que de conformidad a lo prevenido en la Ley 19.799, la firma electrónica simple es válida, por lo que la estampada en el documento reprochado no merece cuestionamiento alguno. Tercero: Que, el artículo 441 del Código de Procedimiento Civil, le exige al juez examinar formalmente el título que justifica la ejecución, debiendo constatar que este dé cuenta de una obligación líquida, actualmente exigible y que no se encuentre prescrita; verificado lo anterior y lo que le exijan normas especiales, ordenará despachar mandamiento de ejecución y embargo o lo denegará, para el caso que estime que no concurre alguno de los requisitos señalados. Cuarto: Que, en el caso de autos, se cuestiona la firma electrónica simple que se le atribuye al deudor ejecutado; sin embargo ello no dice relación con la exigibilidad a que se alude, encontrándose la firma electrónica simple expresamente permitida por la legislación, por lo que de ser el caso su reproche debe ser planteado a través de la correspondiente excepción. Quinto: Que, en estas condiciones, los

Fundamentos

fundamentos contenidos en la resolución apelada, exceden las facultades a que se refieren los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil, procediendo a revocar la resolución apelada del modo que a continuación se dispone.

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo prevenido en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución de siete de agosto de dos mil veinticuatro que denegó la ejecución en causa rol C-5633-2024 de ingreso del Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción, y, en su lugar, se declara que el juez a quo no inhabilitado que corresponda deberá resolver conforme a derecho la demanda ejecutiva interpuesta, y continuar conociendo de estos autos hasta su término. Devuélvase. N°Civil-2343-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción CVF/shp Concepción, treinta de octubre de dos mil veinticuatro. VISTO: Primero: Que con fecha 7 de agosto pasado el Primer Juzgado de Letras en lo Civil de esta ciudad, en causa de su ingreso rol C-5633-2024, denegó la ejecución iniciada por el Banco Estado de Chile en contra de Jasna Sarella Monsalve Fritz, fundado en que la firma de la deudora en el “Contrato de Prestación de

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