1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

ZAMORA CON HOTELERA LYON 25 S.A.

Rol

Fecha

30 de octubre de 2024

Materia

PRESTACIONES

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: 1° Que la recurrente de apelación pretende que se revoque la resolución de quince de julio pasado, que declaró la caducidad la acción de nulidad del despido por fuero maternal y cobro de prestaciones deducida con fecha 3 de junio del año en curso. Alega que el plazo respectivo debe contarse desde el 31 de agosto de 2022, fecha en que se habría puesto término a la relación laboral, hasta la interposición de la medida prejudicial, la que ocurrió el 7 de noviembre de 2022, por lo que se encontraría dentro de plazo para la interposición de la acción. 2° Que ante dicha situación, y que revisados los antecedentes de la causa O-6830-2022 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, el incumplimiento y consecuente apercibimiento del artículo 277 del Código de Procedimiento Civil se verificó a través de la resolución de fecha 24 de marzo de 2023, debiéndose entender dicha data como la que permite computar el plazo para ejercer la acción previamente anunciada en la medida prejudicial, la que no se materializó sino hasta el 3 de junio de 2024, por lo que el término se encuentra latamente vencido. 3° Que lo razonado precedentemente permite compartir lo decidido por el tribunal de primera instancia, al declarar la caducidad de la acción de nulidad del despido por fuero maternal y cobro de prestaciones intentada, al encontrarse acreditado que la citada demanda fue presentada fuera del plazo señalado en el inciso cuarto del artículo 201 del Código del Trabajo. Por estas consideraciones, y atendido lo dispuesto en los artículos 201, 447 y 476 del Código del Trabajo, se confirma la resolución de quince de julio de dos mil veinticuatro, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en causa RIT M-2650-2024. Comuníquese. N° Laboral - Cobranza-2614-2024.

Fallo

Por estas consideraciones, y atendido lo dispuesto en los artículos 201, 447 y 476 del Código del Trabajo, se confirma la resolución de quince de julio de dos mil veinticuatro, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en causa RIT M-2650-2024. Comuníquese. N° Laboral - Cobranza-2614-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo únicamente presente: 1° Que la recurrente de apelación pretende que se revoque la resolución de quince de julio pasado, que declaró la caducidad la acción de nulidad del despido por fuero maternal y cobro de prestaciones deducida con fecha 3 de junio del año en curso. Alega que el plazo respectivo debe contars

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