ANONIMIZADO
Rol
Fecha
15 de noviembre de 2024
Materia
OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que conforme la regla general, aplicable también en materia de Derecho de Familia, el término para recurrir de apelación en contra de las sentencias interlocutorias, conforme al artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, es de cinco días, contados desde la notificación de la resolución recurrida. 2.- Que del mérito de los antecedentes consta que la resolución, materia del presente ingreso fue notificada al...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, quince de noviembre de dos mil veinticuatro. Al folio 4; por recibidos los antecedentes desde el Juzgado de Familia de Pudahuel, téngase por cumplido lo ordenado con fecha veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1.- Que conforme la regla general, aplicable también en materia de Derecho de Familia, el término para recurrir de apelación e
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