NÚÑEZ/LOGROS SERVICIOS FINANCIEROS SPA
Rol
Fecha
29 de octubre de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del
Fundamentos
considerando décimo, que se elimina, y teniendo presente, además: Primero: Que mediante el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, se solicita la revocación del
Fallo
fallo en alzada en aquella parte que resolvió rechazar el alzamiento de la hipoteca y de los gravámenes existentes respecto del inmueble individualizado por el demandante de esta causa, al haberse declarado la prescripción de la deuda original cuyo cobro se garantizó mediante aquella caución, extinguiéndose de pleno derecho aquella conforme lo indicado en el artículo 2516 del Código Civil, solicitándose en consecuencia que así sea declarado por este Tribunal de alzada, con condena en costas a la parte vencida. Segundo: En la especie, resulta claro advertir que el artículo 2516 del Código Civil establece que “La acción hipotecaria, y las demás que proceden de una obligación accesoria, prescriben junto con la obligación a que acceden.” Tercero: Que la prescripción de la acción hipotecaria depende de la prescripción de la obligación caucionada, cumpliendo con la máxima de “que lo accesorio sigue la suerte de lo principal”, por lo que declarada la prescripción de la deuda aquella lleva necesariamente a la extinción de la hipoteca. Por tanto, y visto lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara que. I. Se revoca en lo apelado la sentencia de fecha doce de septiembre de dos mil veintitrés, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt, acogiéndose en consecuencia la solicitud de alzamiento de la hipoteca inscrita a fojas 655 N°515 del Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas, corres
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Puerto Montt, veintinueve de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del considerando décimo, que se elimina, y teniendo presente, además: Primero: Que mediante el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, se solicita la revocación del fallo en alzada en aquella parte que resolvió rechazar el alzamiento de la hipoteca y de los grav
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