CALDERÓN/AYAQUINTUY
Rol
Fecha
29 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1) Comparece doña Nancy Alejandra Negrón Negrón, abogada, domiciliada en Osorno, calle Eleuterio Ramírez N°116, oficina 7, en representación de doña Cecilia Cristina Calderón Garcés, e interpone acción constitucional de protección en contra de doña Janeth Eugenia Ayaquintuy González, domiciliada en Bahía El Encanto, comuna de Puyehue, a quien le atribuye la obstrucción de la servidumbre de tránsito que sirve de único ingreso al predio de su propiedad, el Lote B ubicado en el sector El Taique, comuna de Puyehue. Solicita, acoger el presente Recurso de Protección, ordenando que retire todos los obstáculos que obstruyen la servidumbre de tránsito que conduce al Lote B, ubicado en el sector El Taique, comuna de Puyehue, con costas. Sobre el particular refiere que su madre, María Aurora Garcés Soto, era dueña del Lote B, resultante de la subdivisión de un predio agrícola ubicado en el lugar denominado El Taique, comuna de Puyehue, Provincia de Osorno, de una superficie de 3,80 hectáreas, de acuerdo con plano archivado en el Anexo del Registro de Propiedad del año 2009 del Conservador de Bienes Raíces de Osorno, bajo el N°2099. Rol de avalúo 2255-51; que aquella lo adquirió por adjudicación con ocasión de la liquidación de la comunidad de bienes habida con otras dos personas (Celinda Garcés Soto y doña Elsa Garcés Soto), cuya inscripción de dominio consta en Registro de Propiedad del año 2009 del Conservador de Bienes Raíces de Osorno. En cuanto a la constitución de servidumbre, indica que como el referido Lote B de su madre no tenía acceso al camino principal, en la misma escritura de adjudicación de 25 de febrero del año 2009, Repertorio N°854- 2009, rectificada por escritura pública de fecha 08 de mayo del 2009, Repertorio N°2014- 2009, ambas otorgadas en la Notaría de Osorno de don Fernando Muñoz Bertín, la adjudicataria del Lote A constituyó a favor del predio B una servidumbre de tránsito, correspondiente a una faja de terreno de 4 met
Fallo
Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y teniendo, además, presente lo dispuesto en el artículo 20, de la Constitución Política de la República y Auto Acordado, Acta 95-2015, de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RESUELVE: Que, se acoge, sin costas, la acción de protección deducida a folio 1 por Cecilia Cristina Calderón Garcés, en contra de doña Janeth Eugenia Ayaquintuy González, en consecuencia, se ordena a la recurrida, dejar expedita la circulación por el camino de servidumbre fijada en plano archivado en el Anexo del Registro de Propiedad del año 2009 del Conservador de Bienes Raíces de Osorno bajo el N°2099 respecto de los comuneros del Lote B ubicado en el sector El Taique, comuna de Puyehue. Comuníquese, regístrese y, en su oportunidad, archívese. N°Protección-2354-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, veintinueve de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1) Comparece doña Nancy Alejandra Negrón Negrón, abogada, domiciliada en Osorno, calle Eleuterio Ramírez N°116, oficina 7, en representación de doña Cecilia Cristina Calderón Garcés, e interpone acción constitucional de protección en contra de doña Janeth Eugenia Ayaquintuy González, domiciliada
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica