SIN INFORMACION

TERÁN/TESORERÍA REGIONAL METROPOLITANA

Rol

Fecha

29 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que el 18 de mayo de 2024 comparece Millaray Francisca Vega Baeza, abogada, en representación de Freddy Matías Cervela Farías, Carla Andrea Cancino Cabello, Víctor Edmundo Vivanco Muñoz y Max Andrés Teran Solis, e interpone acción constitución de protección en contra de la Tesorería General de la República, por haber incurrido en el acto que estima ilegal y arbitrario, consistente en la retención y compensación de sumas de dinero obligadas a pagar a los recurrentes en virtud de transacción judicial en el contexto de un juicio laboral, conculcando la garantía del artículo 19 Nro. 24 de la Constitución Política de la República. Expone que en el contexto de un juicio laboral por despido injustificado y cobro de prestaciones, en la causa RIT Nro. O-6902-2022 seguida ante el 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, los recurrentes arribaron con el Fisco a una transacción judicial el 20 de octubre de 2023, aprobado por el tribunal el 24 del mismo mes y año, obligándose el Fisco a pagar la suma total de $18.124.080, correspondiéndole a cada uno de los recurrentes la cifra de $3.020.680. Agrega que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos el 31 de enero de 2024 remitió al tribunal la Resolución Exenta Nro. 355 de 30 de enero del presente, la cual autoriza el pago conforme al artículo 752 del Código de Procedimiento Civil. Adiciona, sin embargo, que la recurrida compensó los créditos que debía solucionar con deudas que registran las recurrentes por concepto de crédito universitario, sin causa legal para ello, como consta en certificados que refieren que la compensación se efectuó el 7 de febrero de 2024. Agrega que todos los recurrentes tomaron conocimiento del hecho que se imputa el 19 de abril de 2024, con excepción de Freddy Cervela, quien lo hizo el 24 del mismo mes. Fundamenta que el actuar de la Tesorería General de la República es contrario al artículo 17 de la Ley Nro. 20.027, que solo autoriza la retención en casos d

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación del Recurso de Protección de la Excma. Corte Suprema, se acoge, sin costas, el arbitrio deducido por Millaray Francisca Vega Baeza, en representación de Freddy Matías Cervela Farías, Carla Andrea Cancino Cabello, Víctor Edmundo Vivanco Muñoz y Max Andrés Teran Solis, en contra la Tesorería General de la República, disponiéndose que esta última debe dejar sin efecto la compensación efectuada con los fondos destinados al cumplimiento de la transacción en los autos RIT Nro. O-6902-2022 del 2° Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, en favor de los actores. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Corte Nro. 13422-2024 (Protección).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de octubre de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: Primero: Que el 18 de mayo de 2024 comparece Millaray Francisca Vega Baeza, abogada, en representación de Freddy Matías Cervela Farías, Carla Andrea Cancino Cabello, Víctor Edmundo Vivanco Muñoz y Max Andrés Teran Solis, e interpone acción constitución de protección en contra de la Tesorería Gene

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