SIN INFORMACION

ROJAS GALINOVIC FRANCISCA ISABEL/SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

29 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que, según se colige de lo establecido en los artículos 21 de la Carta Fundamental y 7.6 de la Convención Americana de Derechos Humanos, la acción constitucional de amparo tiene como finalidad esencial controlar la “legalidad” de eventuales afectaciones o amenazas a la libertad personal y seguridad individual, en términos de verificar que la misma se ajuste a la Constitución y a las leyes; 2° Que, los antecedentes expuestos en el recurso no constituyen una denuncia de hechos que correspondan a aquellos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, deban ser conocidos en esta clase de acciones, máxime si, de lo señalado se advierte que los mismos se encuentran bajo la tutela jurisdiccional del 7° Juzgado de Garantía de Santiago; 3° Que, en efecto, no puede pretenderse que la acción de amparo se erija en un instrumento que propicie la revisión anómala e impropia de lo actuado por un tribunal. Aceptarlo importaría distorsionar tanto la finalidad de la acción de amparo como la regularidad elemental del procedimiento que la rige. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso intentado. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Zepeda, quien estuvo por declarar admisible el recurso intentado, atendido que los hechos descritos podrían afectar el derecho a la libertad individual de la amparada. Archívese en su oportunidad. N°Amparo-2956-2024 Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Jorge Luis Zepeda Arancibia e integrada por la Ministra señora Sandra Lorena Araya Naranjo y la Abogada Integrante señora María Fernanda Vásquez Palma.

Fallo

Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso intentado. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Zepeda, quien estuvo por declarar admisible el recurso intentado, atendido que los hechos descritos podrían afectar el derecho a la libertad individual de la amparada. Archívese en su oportunidad. N°Amparo-2956-2024 Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Jorge Luis Zepeda Arancibia e integrada por la Ministra señora Sandra Lorena Araya Naranjo y la Abogada Integrante señora María Fernanda Vásquez Palma.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago (imm) Santiago, veintinueve de octubre de dos mil veinticuatro. Al folio N° 1: a todo, aténgase a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1° Que, según se colige de lo establecido en los artículos 21 de la Carta Fundamental y 7.6 de la Convención Americana de Derechos Humanos, la acción constitucional de amparo tiene como finalidad esencial controlar la “legalidad” de ev

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