4º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ JAIME ANDRES ORELLANA BERRIOS

Rol

134126-2022

Fecha

17 de noviembre de 2022

Materia

Reforma

Resultado

DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER NULIDAD CORTE (M)

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Hechos

Vistos: 1° Que la defensa de Jaime Orellana Berríos, recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago por la cual fue condenado como autor del delito de Robo con fuerza en lugar no habitado. 2° Que por el recurso se ha invocado como causal principal la del artículo 373 A) del Código Procesal Penal, por infracción al debido proceso, ello por cuanto dos testigos-funcionarios policiales- declararon en condiciones técnicas deficientes, en el patio de la unidad policial, intercambiándose sus celulares para poder hacerlo, comunicándose entre ellos, no obstante lo anterior, el tribunal no dio lugar a la solicitud de la fiscalía y de su parte de solicitar reagendar sus testimonios o el juicio hasta que pudiesen hacerlo en condiciones adecuadas y de conformidad a la ley 3° Que según se desprende de la atenta lectura del libelo, lo que se reprocha por la letra a) del artículo 373 al fallo de primera instancia, en realidad se trataría de un cuestionamiento en sentido amplio a ciertas actuaciones en desmedro de las facultades y los derechos que le asisten a la defensa, lo que es materia de conocimiento de la Corte de Apelaciones respectiva de conformidad al artículo 374 letra c) del Código Procesal Penal, razón por la cual, se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Santiago para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la defensa del sentenciado, en su caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 134126-22. Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Haroldo Brito C., Leopoldo Llanos S., Sra. María Teresa Letelier R., y los Ministros Suplentes Sr. Juan Muñoz P., y Sra. Dobra Lusic N. No firma el Ministro Sr. Brito, no obstante haber estado en la vista de la causa

Fallo

fallo de primera instancia, en realidad se trataría de un cuestionamiento en sentido amplio a ciertas actuaciones en desmedro de las facultades y los derechos que le asisten a la defensa, lo que es materia de conocimiento de la Corte de Apelaciones respectiva de conformidad al artículo 374 letra c) del Código Procesal Penal, razón por la cual, se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Santiago para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la defensa del sentenciado, en su caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 134126-22. Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Haroldo Brito C., Leopoldo Llanos S., Sra. María Teresa Letelier R., y los Ministros Suplentes Sr. Juan Muñoz P., y Sra. Dobra Lusic N. No firma el Ministro Sr. Brito, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar en comisión de servicios.

Texto Completo (Preview)

Santiago, diecisiete de noviembre de dos mil veintidós. Vistos: 1° Que la defensa de Jaime Orellana Berríos, recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago por la cual fue condenado como autor del delito de Robo con fuerza en lugar no habitado. 2° Que por el recurso se ha invocado como causal principal la del artículo 373 A) del Códig

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