JUZGADO DE LETRAS DE CASTRO

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Rol

Fecha

28 de octubre de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: El mérito de los antecedentes que obran en la causa,

Fundamentos

considerando que de conformidad con el artículo 47 del Código de Procedimiento Civil el Tribunal se encuentra facultado para ordenar la notificación por cédula, siendo la resolución recurrida de especial relevancia por cuanto determina el avalúo del bien a subastar y las condiciones de la misma, cuyo oportuno conocimiento incide en el derecho a defensa del ejecutado, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución en alzada, de fecha veintidós de julio de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Letras de Castro. No firman el Ministro don Jorge Pizarro Astudillo y la Ministra (S) doña Claudia Cárdenas Navarro, quien concurrió a la vista y acuerdo, por haber cesado su cometido funcionario. Devuélvase. Rol Civil N°1023-2024.

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Puerto Montt, veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro. Visto: El mérito de los antecedentes que obran en la causa, considerando que de conformidad con el artículo 47 del Código de Procedimiento Civil el Tribunal se encuentra facultado para ordenar la notificación por cédula, siendo la resolución recurrida de especial relevancia por cuanto determina el avalúo del bien a subastar y las condici

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