IRIARTE/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS SA
Rol
Fecha
28 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Arturo Valenzuela Sáez, abogado, en beneficio de Catalina Iriarte Casanova, quien interpone recurso de protección en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A., por el acto que considera ilegal y arbitrario consistente en otorgar una cobertura de salud mental limitada y discriminatoria para el plan de salud de su representado, vulnerando con ello las garantías constitucionales previstas en los numerales 1, 2 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental. Indica que la recurrente está vinculada contractualmente con la ISAPRE a través de un plan de salud sin preexistencias, por lo que no debería haber restricciones en las coberturas para patologías. Refiere que la Ley Nº21.331, publicada el 11 de mayo de 2021, establece el reconocimiento y protección de los derechos en la atención de salud mental, asegurando que los planes de salud no otorguen coberturas inferiores a las de las enfermedades físicas. Sin embargo, la Isapre ha mantenido coberturas reducidas para las prestaciones de salud mental en los planes antiguos, generando una discriminación entre afiliados. Asegura que este acto ilegal y arbitrario vulnera los derechos fundamentales contenidos en los artículos 19 N°1, 2, 9 y 24 de la Constitución Política de la República de Chile, ya que la Isapre está restringiendo el acceso a la medicina de salud mental y discriminando a la recurrente por tener un plan anterior a mayo de 2021, contraviniendo los principios de no discriminación y acceso universal establecidos en la ley. Alega que la discriminación en las coberturas de salud mental afecta la salud del recurrente, genera una diferencia arbitraria en el costo de los planes de salud y atenta contra el derecho de propiedad al hacer más oneroso el acceso a la salud mental. Además, se vulnera el derecho a elegir libremente el sistema de salud, ya que, con ello, la Isapre hace más costoso el acceso a las prestaciones de salud mental para quienes tienen planes antiguos.
Fallo
por tanto, no es aplicable a los antiguos planes de salud, como acontece en la especie, ya que la protegida se incorporó a Isapre Colmena Golden Cross S.A. con antelación al 1 de marzo de 2022, fecha desde la cual resultan aplicables las disposiciones de la referida circular. Séptimo: Que, en consecuencia, actuando la recurrida dentro del marco de la ley y de las reglas del contrato, y no siendo discriminatorio lo actuado, por lo ya dicho, el recurso de protección ha de ser rechazado. Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado que rige la materia, se declara que se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto. Regístrese y comuníquese. Rol N°Protección-19.063-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Arturo Valenzuela Sáez, abogado, en beneficio de Catalina Iriarte Casanova, quien interpone recurso de protección en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A., por el acto que considera ilegal y arbitrario consistente en otorgar una cobertura de salud mental limitada y dis
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