JOSE LUIS PINO SANZANA/JUZGADO DE GARANTIA MARIQUINA
Rol
Fecha
28 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: A folio 1 Valentina Lagos Gloor, Defensora Penal Publica, en representación del imputado José Luis Pino Sanzana, quien se encuentra actualmente bajo arresto domiciliario total, dedujo acción de amparo constitucional, contra la resolución de 21 de octubre de 2024, dictada por el Juzgado de Garantía de Mariquina, en causa RUC: 240083742-K RIT: 67-2024 de dicho tribunal, por la cual se mantuvo a su respecto la cautelar de arresto domiciliario parcial. Indicó que Pino Sanzana fue formalizado el 21 de enero del 2024 por 2 delitos de amenazas no condicionales; un delito de daños y un delito de disparos injustificados en la vía pública, oportunidad en la cual quedó bajo arresto domiciliario total. Luego, con fecha 7 de agosto del 2024, el Ministerio Publico presentó acusación solicitando 2 penas de 540 días cada una por cada delito de amenazas; y otros 540 días por el delito de daños; en tanto que respecto del delito de disparos injustificados en la vía pública decidió no continuar la persecución penal. Agregó que en tal derrotero el 21 de octubre del 2024 se realizó audiencia de preparación de juicio oral simplificado y de revisión de medidas cautelares, oportunidad en la que solicitó el alzamiento del arresto domiciliario total, a lo cual la fiscalía se opuso alegando peligro para la seguridad de las víctimas y seguridad de la sociedad, indicando únicamente que el imputado no tiene irreprochable conducta anterior, y presenta conductas agresivas. En ese contexto el tribunal resolvió mantener las cautelares que pesaban sobre el imputado: aduciendo que no compartía la decisión de no perseverar comunicada por el Minsterio Público respecto del delito de disparos injustificados “dada la existencia de un proyectil y un disparo; que existe un perito que va a declarar respecto de eso, me parece que el hecho que no persevere ministerio público no impide que dicha investigación no continue en el futuro, y de acuerdo a la acusación que fue leída por este juez el día de hoy, vislumbrando que la necesidad de cautela no ha sido morigerada.( Minuto 13:22 14:43, transcripción de audio). Señaló que las opiniones vertidas por el juez son arbitrarias, ya que indica expresamente que la necesidad de cautela no ha disminuido atendido a que él en su calidad de juez no comparte la decisión adoptada por Ministerio Público. Pretende se ordene el alzamiento de la cautelar en cuestión, decretando en su lugar arraigo nacional y prohibición de acercarse a las víctimas; o en subsidio el arresto domiciliario parcial del imputado, a fin de que pueda ejercer labores remuneradas y mantener a su familia. Informó Guillermo Francisco Olate Aránguiz, Juez titular del Juzgado de Garantía de Mariquina quien señaló que la resolución que se ataca vía recurso de amparo era susceptible de ser recurrida mediante recurso de apelación, por lo que cuestiona la procedencia del arbitrio de autos. Por otro lado, sostuvo que la decisión se sustenta en que el Tribunal estimó que pese a
Fallo
Por estas consideraciones, disposiciones citadas y visto además lo dispuesto por el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de amparo; Se acoge el recurso de amparo interpuesto a folio 1 por Valentina Lagos Gloor, en favor de José Luis Pino Sanzana en cuanto se deja sin efecto la cautelar de arresto domiciliario total que pesa sobre el amparado y en su lugar se decreta arresto domiciliario parcial desde las 22.00 hrs., hasta las 08.00 hrs., del día siguiente. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Juan Andrés Varas Braun quien fue del parecer de rechazar el presente arbitrio teniendo en consideración para ello que lo atacado a través de esta vía constitucional es una resolución dictada en audiencia por un Tribunal competente, existiendo a su respecto mecanismos ordinarios de impugnación, que con pleno respecto a la bilateralidad de la audiencia y demás garantías de orden procesal de todos los intervinientes en el proceso, permiten impugnar dicha decisión; mecanismos que no fueron ejercidos por la recurrente de amparo. De esta forma, bajo tales condiciones el presente arbitrio no puede prosperar al no ser la vía idónea para discutir y resolver la controversia planteada. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-278-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: A folio 1 Valentina Lagos Gloor, Defensora Penal Publica, en representación del imputado José Luis Pino Sanzana, quien se encuentra actualmente bajo arresto domiciliario total, dedujo acción de amparo constitucional, contra la resolución de 21 de octubre de 2024, dictada por el Juzgado de Garantía de
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