CENTRO DE MEDIDAS CAUTELARES DE SANTIAGO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

28 de octubre de 2024

Materia

VIOLENCIA DE GÉNERO

Resultado

DIRIMIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Y teniendo presente que de los hechos relatados en la denuncia, así como de los que da cuenta el señor consejero técnico del Centro de Medidas Cautelares, como referidos por la denunciante en llamada telefónica, de ser efectivos, son constitutivos, al menos, de un delito de amenazas, se dirime la presente contienda, declarando que el Noveno Juzgado de Garantía de Santiago es el competente para conocer de la los hechos denunciados, el que deberá citar a la audiencia contemplada en el inciso tercero del artículo 40 de la Ley 21.675. Comuníquese lo resuelto N°Familia-2785-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos: Y teniendo presente que de los hechos relatados en la denuncia, así como de los que da cuenta el señor consejero técnico del Centro de Medidas Cautelares, como referidos por la denunciante en llamada telefónica, de ser efectivos, son constitutivos, al menos, de un delito de amenazas, se dirime la presente contienda,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica